El Supremo cierra el paso a las gasolineras que reclamaban el céntimo sanitario

f. fernández REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

ALBERTO LÓPEZ

Si no lo pagaron, no lo pueden recuperar

15 feb 2018 . Actualizado a las 07:32 h.

Una red de estaciones de servicio del País Vasco reclamó a la Agencia Tributaria que les devolviese 1,3 millones de euros en concepto de céntimo sanitario durante los años 2011 y 2012. Por aquel entonces, tal gravamen estaba incluido en el impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos y como tal fue declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A raíz de esta última sentencia, emitida hace dos años, Hacienda abrió un procedimiento para reintegrar las cantidades cobradas de forma indebida por la aplicación de ese tributo considerado ilegal. Pero las gasolineras no lo pagaban directamente, sino que lo hacían sus clientes al repostar. De ahí que la Agencia Tributaria desestimara la reclamación enviada por esa estación de servicio al considerar que la devolución «generaría un eventual enriquecimiento injusto del solicitante». Pero la compañía no cejó en su empeño de recuperar el dinero del gravamen que no habían reclamado sus usuarios -no lo pudieron hacer todos porque era preciso demostrar el consumo aportando las facturas de cada repostaje- y recurrió al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Este les dio la razón a la empresas, pero la Agencia Tributaria recurrió al Supremo.

La sentencia definitiva que zanja este caso es que, efectivamente, una estación de servicio no es consumidor final y que, por tanto, si no pagó un impuesto indebido, tampoco puede aspirar a recuperarlo.

«Era lo esperable»

Para el abogado lucense experto en tributos y, en especial, en las reclamaciones de devolución del céntimo sanitario, Carlos del Pino, esa sentencia del Supremo es esperable y lógica. Otra cosa, aclara, es que las estaciones de servicio reclamen como consumidores finales por el carburante que usaron sus camiones de reparto, por ejemplo, y por el que sí abonaron ese gravamen declarado ilegal.

Del Pino explica que lo que sí pueden hacer las gasolineras es reclamar el céntimo sanitario abonado por sus clientes, pero como meras intermediarias, no como destinatarias del reintegro. Precisamente, la empresa vasca trató de aprovecharse de esa posibilidad para beneficiarse de las devoluciones que nadie más había reclamado.