Los autónomos gallegos renuncian a pagar más para tener derecho a paro

Manoli Sío Dopeso
m. sío dopeso REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

PACO RODRÍGUEZ

Empleo quiere ahora incentivar esta cotización, pero sin flexibilizar las condiciones

21 nov 2017 . Actualizado a las 18:29 h.

No compensa. Así de sencilla es la explicación que dan los autónomos al excluir de sus gastos mensuales la cotización de carácter voluntario para, llegado el momento, tener derecho a una prestación por desempleo.

Es el paro de los autónomos, vendido en su día como un paso más en la equiparación de los trabajadores por cuenta propia a los del régimen general, pero tan desigual en la práctica que para casi el 80 % de los cotizantes se ha convertido en un gasto prescindible, como demuestra el balance de la Seguridad Social. La estadística oficial refleja que el Estado recaudó en el 2015 apenas 140 millones de euros para abonar el subsidio de desempleo a los autónomos que cotizaron por él. El año pasado, la suma aportada por los autoempleados se redujo a 128 millones y, hasta mediados de este año, el importe recaudado para el pago de este concepto era de 31 millones.

Para incentivar esta cotización, el Ministerio de Empleo y Seguridad acaba de publicar el nuevo folleto informativo en el que detalla las bondades de la prestación y los requisitos básicos para acceder a ella.

Un gasto más

Galicia tiene 216.000 trabajadores autónomos afiliados a la Seguridad Social, pero los que cotizan para poder tener derecho al subsidio por desempleo, por si llega el momento del cierre, están decreciendo, y ya no llegan al 20 %, según estimaciones de las organizaciones sectoriales consultadas (UPTA y ATA), ya que no hay registros oficiales por comunidades.

La razón, según explican estas organizaciones, es que este derecho exige pagar un 2,20 % más sobre la base de cotización que el autónomo escoja (del intervalo comprendido entre la base mínima, que desde julio es de 919,80 euros, y la base máxima, cifrada en 3.751,20 euros); y eso se traduce en una cuota mensual de entre 20,23 y 82,52 euros a mayores de la cotización ordinaria.

Insuficiente

A cambio de hacer ese esfuerzo, el autónomo tiene derecho a percibir, en caso de cese de actividad, el 70 % de la base reguladora, que se calcula en función de la cotización de los últimos 12 meses. «Como mínimo será de entre el 107 % y el 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), dependiendo de si se tienen hijos o no. Este indicativo se sitúa en el 2017 en los 532,51 euros al mes», explican desde ATA.

Esto se traduce en pagas que pocas veces superan los 600 euros durante un período máximo de un año, aunque para eso, el autónomo deberá haber cotizado 48 meses como mínimo.

La prestación por desempleo no suele pasar de 600 euros y nunca durante más de 12 meses A ello hay que sumar la cascada de dificultades que mutuas y Seguridad Social ponen a la hora de abonar la prestación, de la que se quedan fuera alrededor de un 60 % de los autónomos que han cotizado para tener derecho a ella. La propia Seguridad Social admite que el reconocimiento de la prestación continúa siendo limitado, sobre todo porque, según explican fuentes oficiales, «resulta bastante complicado determinar la involuntariedad en el cese de la actividad».

La Seguridad Social tumba el 60 % de las solicitudes para cobrar el subsidio en Galicia

Los autónomos, como cualquier otro trabajador del régimen general, tienen derecho a cobrar el paro siempre que hayan cotizado para ello de forma voluntaria. Pero desde que el Gobierno reconoció el derecho al desempleo a este colectivo, en noviembre del 2011, la Seguridad Social solo ha aprobado dos de cada diez solicitudes. En los diez primeros meses del 2017 (últimos datos publicados), 3.144 trabajadores por cuenta propia solicitaron el cobro de la prestación para la que habían cotizado. La Seguridad Social rechazó 1.405 peticiones, aprobó 1.365 y 247 están recurridas judicialmente (el resto han sido declaradas nulas).

En Galicia, en los últimos diezmeses solo han sido autorizados a cobrar el desempleo 128 autónomos, mientras que alrededor del 60 % de las solicitudes (285) han sido rechazadas o están pendientes de fallo judicial. Según explica la organización UPTA, «el principal problema es que es necesario que se cumplan una serie de requisitos para poder acceder a la prestación y, en caso de no cumplirse, no se recibirá ningún dinero».

El folleto actualizado que acaba de publicar la Seguridad Social recuerda que para ser beneficiario de esta prestación han de cumplirse una serie de exigencias: «El autónomo beneficiario tendrá que haber cotizado durante al menos doce meses consecutivos; el cese de actividad deberá estar justificado (se valora un volumen de pérdidas superiores al 10 %); el titular de la prestación no deberá haber alcanzado la edad de jubilación, ni incurrir en incompatibilidades», explica.