La ley de autónomos entra en vigor con menos deducciones de las esperadas

Manoli Sío Dopeso
m. sío dopeso REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

La aplaudida desgravación del 30 % en consumos de luz o teléfono no pasará del 10 %

26 oct 2017 . Actualizado a las 07:28 h.

Deducir los consumos de luz, agua o teléfono cuando el puesto de trabajo está en casa ya es posible, tras años de reclamación por parte de los autónomos.

El Gobierno acaba de dar vía libre a esta y a otra batería de medidas incluidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada ayer en el BOE. En realidad, esta ansiada reforma fiscal no podrá ser efectiva hasta enero del 2018, cuando entren en vigor los nuevos Presupuestos. Pero lo peor es que las cantidades deducibles serán mucho más bajas de lo esperado.

La ley precisa que el porcentaje del 30 % de desgravación en el IRPF anunciado se aplica a la parte proporcional de la vivienda que, en la práctica, se destine a las tareas laborales.

Explicado de un modo sencillo, este título quinto de la norma supone que si se declara en el censo fiscal una proporción del 30 % sobre una superficie de 100 metros cuadrados, el porcentaje a aplicar será del 30 % sobre 30 metros. Esto, en la práctica, se traduce en una deducción de apenas un 9 % en las facturas de luz, agua, telefonía e Internet.

En líneas generales, con la ley en la mano, pocas cosas van a empezar a cambiar a partir de hoy para el gran colectivo de trabajadores autónomos (3,2 millones en España), que cuenta en Galicia con 215.000 afiliados, es decir, uno de cada cuatro cotizantes a la Seguridad Social. Al igual que ocurre con los consumos en el hogar, la mayoría de los cambios más sustanciales están sujetos a los nuevos Presupuestos. En todo caso, y a modo de resumen, estás son las principales reformas:

En vigor desde hoy

Conciliación familiar. Bonificación al 100 % de la cotización a la Seguridad Social para los autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad o adopción. También se aplicará ya la tarifa plana de 50 euros para madres que reemprendan antes del período de los dos años fijados de forma general. Habrá una exención del 100 % de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes.

Relevo generacional. También entran en vigor las nuevas bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social para la contratación de familiares. Se permite compatibilizar el trabajo autónomo con la percepción del 100 % de la pensión si se tiene contratado, al menos, a un trabajador.

Accidente «in itinere». También tiene efectos inmediatos el reconocimiento del accidente de trabajo in itinere para los autónomos, las mejoras en formación o la compatibilidad del trabajo con el cobro del 100 % de la pensión.

En vigor desde el 2018

Deducción de comidas. La ley es confusa y está abierta a interpretaciones, ya que no incluye sumas, que sí estaban especificadas en el documento de debate del Congreso. Entonces se dijo que comer en un restaurante del municipio podría desgravar el IVA de un menú diario de hasta 26,67 euros. Si se hacía en un bar de otra ciudad, la cuantía ascendería a 53,34 euros y, en caso de que la actividad implicara desplazamiento al extranjero, podría descontarse hasta 48,08 euros por día. Sí dice, sin especificar cifras, que será obligatorio pagar con dinero electrónico.

Más tarifa plana. Habrá que esperar para disfrutar de la ampliación de la tarifa plana de 50 euros a un año para nuevos autónomos o para quienes reemprendan después de dos; y también por la reducción de los cargos por el retraso en los pagos a la Seguridad Social

Deducción de consumos. Como ya quedó recogido, esta medida es solo aplicable a los trabajadores autónomos que utilizan su vivienda. En la práctica reduce la aplicación de los descuentos y no establece recursos para demostrar la superficie a declarar.