La cara b de recibir la herencia de un emigrado fuera de Europa: se queda sin exenciones fiscales autonómicas

R. S. REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

PACO RODRÍGUEZ

Según donde te mueras y esté tu patrimonio, así pagarán tus herederos

24 sep 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

Según donde te mueras y esté tu patrimonio, así pagarán tus herederos. Es una manera de simplificar el enorme puzle en el que se ha convertido el impuesto de sucesiones en España, con una fiscalidad tan dispar por comunidades que puede hacer que una misma herencia pase de no pagar nada en una comunidad a tener que tributar más de 50.000 euros en otra separada por unos kilómetros, caso de Galicia y Asturias. Sucede en función de las exenciones y desgravaciones que tienen las haciendas autonómicas porque se trata de un tributo cedido por el Estado.

Ahora bien, esa disparidad tiene otra cara. La de los emigrantes retornados. Según la normativa vigente, tienen que presentar su declaración siguiendo la ley estatal, sin bonificación alguna. Es lo que contempla la ley sobre sucesiones y donaciones (la del año 1987), que deja fuera de las bonificaciones autonómicas los bienes que se declaren fuera de España. Esto tiene un impacto notable en Galicia por el enorme movimiento hacia América.

La excepción

Ahora bien, esta regla general tiene una excepción, que es lo que denuncian algunos afectados: los retornados que han estado en algún país de la Unión Europea sí pueden acogerse a las mejoras fiscales. Esto es así por una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en septiembre del 2014 obligó a España a modificar la ley al entender que había una discriminación para los emigrantes que habían estado dentro del territorio de la Unión, al considerarlo un único espacio económico. «España han incumplido sus obligaciones [...] al permitir que se establezcan diferencias en el trato fiscal de las donaciones y las sucesiones entre los residentes y no residentes», se lee en esa sentencia, que al ser de ámbito europeo solo se aplica a ese territorio. Conclusión: un emigrante gallego que deja en legado bienes en Alemania puede acogerse a las bonificaciones de Galicia, que deja exentos de pago los 400.000 primeros euros de la herencia. Uno que haya hecho lo mismo yéndose a Argentina tributará desde el primer euro generado allí que vaya a dejar a sus descendientes. Y no es algo neutro: los tipos que marca la normativa estatal para pagar por una herencia van desde el 8,5 % para bases liquidables de hasta 8.000 euros hasta un 39 % cuando lo que se percibe supera los 398.000 euros.

«Se está aplicando por ley una discriminación que no se entiende, se crea una categoría de emigrantes retornados de primera, con la sentencia de la UE, y una de segunda», lamenta un gallego con bienes de su familia en Brasil, y que prefiere no desvelar su identidad.