Los juzgados empiezan a aplicar la sentencia de la UE contra las cláusulas suelo

r. santamarta / l. palacios MADRID / REDACCIÓN, COLPISA

ECONOMÍA

Primeras charlas de Consumo para asesorar.
Primeras charlas de Consumo para asesorar. PACO RODRÍGUEZ

Los tribunales gallegos están examinando los primeros casos tras el fallo que obliga a devolver todo lo cobrado de más

28 dic 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Apenas una semana después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminara que los bancos deben devolver todo el dinero cobrado de más a los clientes que tenían en sus hipotecas una cláusula suelo, comienzan a fallarse en España las primeras sentencias que aplican esta nueva doctrina europea contra estos instrumentos.

Al menos, ya han trascendido dos fallos judiciales -en Oviedo y Barcelona- que se amparan en la doctrina de la UE. En el caso de los tribunales gallegos, las fuentes judiciales consultadas aseguran que «aún es pronto», pero que se están analizando ya los primeros casos según las nuevas directrices marcadas desde Luxemburgo, estudiando una retroactividad total, y no parcial, como venían haciendo hasta ahora los juzgados de la comunidad.

Abogados gallegos apuntan a un previsible aluvión de demandas; se calcula que unos 200.000 hipotecados gallegos tenían este tipo de cláusulas en sus contratos, incluyendo en esa cifra los 90.000 a los que Novagalicia (actual Abanca) les devolvió en el 2013 el dinero cobrado de más, pero con retroactividad parcial (hasta mayo de ese año, por indicación del Supremo), no total como marca ahora la UE.

En el caso de un juzgado de primera instancia de Barcelona la sentencia -recurrible- obliga al Banco Popular a devolver todo lo cobrado a un cliente por estas cláusulas «sin limitar su eficacia retroactiva en estricto respeto a la jurisprudencia del TJUE» y haciendo alusión explícita a su «importancia». En este caso son 3.255 euros «junto con los correspondientes intereses de mora procesal».

El mismo día de la sentencia

El fallo del juzgado de Barcelona está firmado el mismo 21 de diciembre, día del pronunciamiento de Luxemburgo. Es decir, apenas unas horas después de que se conociera.

También declara nula la cláusula límite a la variación del tipo de interés aplicable contenida en la escritura de compra-venta con subrogación de préstamo hipotecario. Además, obliga a la entidad a pagar los intereses y las costas del proceso.

La magistrada considera que esta cláusula es «abusiva» y resalta que «no hay constancia fehaciente» de que el banco informara al cliente sobre la «existencia o incidencia» de este límite en el contrato que firmó. Al tiempo, indica que la entidad financiera tampoco demuestra que le hubiera dado información sobre el coste comparativo con otras modalidades de préstamo o sobre el comportamiento previsible del índice de referencia.

Esta primera sentencia emitida en Cataluña tras el fallo del Tribunal de Luxemburgo se une a la primera firmada en Asturias. En este caso, otro juzgado similar en Oviedo también declara la nulidad de la cláusula incluida en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito entre una cliente y el Banco Sabadell y le obliga a devolver las cantidades indebidamente cobradas, además de los intereses legales correspondientes.

Se trata de las primeras sentencias que indudablemente pueden abrir camino al resto de los tribunales españoles para que comiencen a aplicar la sentencia europea. Y más cuando los bancos ya han avanzado que en ningún caso devolverán ese dinero de forma instantánea y generalizada, sino que su decisión final será la que dictaminen los jueces o el Tribunal Supremo si el caso llega de nuevo a esa instancia. Y es que ninguna entidad financiera española ha devuelto a todos sus afectados el dinero cobrado de más antes de mayo del 2013, tal y como establecía el alto tribunal; puede suponer un coste de 4.000 millones para la banca.

Primeras charlas de Consumo para asesorar

Responsables del Instituto Galego de Consumo iniciaron ayer en A Coruña (en la imagen, en la Asociación de Amas de Casa) una campaña informativa para explicar a los afectados por la cláusula suelo los diferentes pasos que deben seguir para poder recuperar el dinero que les cobraron indebidamente los bancos. También ha habilitado una guía a través de la web http://consumo.xunta.gal.