Casi 209.000 gallegos cobrarían más por despido si se aplica la sentencia europea

G. Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

ANGEL MANSO

El Gobierno limita de momento los efectos legales del fallo a los trabajadores interinos

21 sep 2016 . Actualizado a las 10:09 h.

Una sola sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha hecho temblar los cimientos de la normativa laboral española, al determinar que la doble escala que se aplica en la indemnización por despido en función de si el trabajador es indefinido o temporal es discriminatoria y debe igualarse con carácter general. Aunque de momento los expertos son prudentes sobre las consecuencias prácticas que se podrían derivar del fallo, no son pocos los trabajadores que desde ayer miran de reojo a Luxemburgo, sede del tribunal, para ver si de sus decisiones se deriva una mejora sustancial en sus condiciones laborales.

No en vano, de los 17,7 millones de afiliados a la Seguridad Social, más de cuatro millones son eventuales, a los que hay que sumar otros 214.000 con contrato de formación y prácticas. Un colectivo muy numeroso de asalariados que verían reforzada su protección en caso de despido si se aplicase la doctrina del tribunal comunitario. En Galicia, según las cifras de la última encuesta de población activa, los potenciales beneficiarios de la sentencia serían los 208.900 trabajadores por cuenta ajena con contrato temporal.

Eso, en caso de que el fallo se aplique con criterios de máximos. Porque, por el momento, desde el Ministerio de Empleo -cuyos servicios jurídicos siguen estudiando el dictamen- defienden que este solo afectaría a los trabajadores interinos, ya que el pleito del que se deriva la sentencia fue planteado por uno de ellos (de los 300.000 que existen en España, según los cálculos del sindicato CSIF).

Pese a las cautelas, es muy difícil minimizar la trascendencia de este fallo del tribunal europeo. Para un destacado abogado laboralista como es José Antonio Sagardoy, «marca un antes y un después». Y aunque «no obliga a cambiar la legislación española», los tribunales tendrán que ajustarse a dicha interpretación. 

Más litigios

A la espera de cómo afinen los jueces españoles la música que llega de Luxemburgo, lo que tiene claro Catarina Capeáns, letrada del departamento laboral de Iglesias Abogados, es que la principal consecuencia del fallo será «un aumento de la litigiosidad, ya de por sí elevada en los contratos temporales».

Para evitar la indefinición y la judicialización masiva de los despidos, los sindicatos apremiaron ayer a los partidos a aprobar cuanto antes una modificación legal que adapte la normativa laboral española al principio de no discriminación que exige el tribunal. Entienden que no es necesario a que se constituya un Gobierno en plenas funciones y que la reforma se puede impulsar desde el Congreso, toda vez que PSOE, Podemos y Ciudadanos coincidieron ayer en aplaudir la decisión judicial y aprovecharon, en el caso de la formación naranja, para defender las bondades de su propuesta de contrato único, con una indemnización creciente e igual para todos los trabajadores.

No es la solución que quieren los sindicatos, que buscan que se iguale por arriba (esto es, en los 20 días por año trabajado) a todos los trabajadores y que dicen estar dispuestos a pelear la retroactividad de la sentencia, aunque ese debate suscita muchas dudas en los expertos, que ven muy difícil establecer una frontera temporal a partir de la cual se pudieran revisar los despidos ya ejecutados.

Si para Luis Baneira, secretario de Política Sindical de UGT-Galicia, la decisión judicial pone fin a «quince años en los que se ha estado robando a los trabajadores» -recuerda que la directiva europea que prohíbe discriminar a los temporales entró en vigor en el 2001-, Maica Bouza, secretaria de Empleo de CC.OO. en la comunidad, espera que sirva para reducir unas elevadísimas tasas de temporalidad y para que se respete la causalidad exigida en los contratos de duración determinada.

Muy crítica se mostró por el contrario la patronal CEOE, que aprecia errores de calado en la sentencia y que defendió que en España a todos los trabajadores se les aplica el mismo régimen jurídico y el mismo baremo de indemnización en caso de despido disciplinario o por causas objetivas, que solo se rebaja a 12 días por año para los temporales que ven su contrato rescindido cuando llega a término. Para Lorenzo Amor, presidente de la federación de autónomos ATA, el fallo solo crea inseguridad jurídica y demuestra que en el poder judicial «hay gente que no ha creado puestos de trabajo».