Catastrazo encubierto a la segunda residencia en la declaración de la renta

gabriel lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Excluida la vivienda habitual, las casas cuyo valor catastral no se haya revisado en los últimos 10 años tributarán el doble

13 abr 2016 . Actualizado a las 12:18 h.

La declaración de la renta de este año viene con malas noticias para los contribuyentes que, además de su vivienda habitual, posean una segunda residencia o algún otro inmueble. Y es que entre los cambios introducidos por la reforma fiscal se incluye un catastrazo encubierto a estas propiedades, siempre que su valoración catastral no haya sido revisada en los últimos diez años.

Cuando no se utilizan para una actividad económica ni se alquilan, estos bienes inmuebles urbanos, excluida la vivienda del contribuyente y el suelo no edificado, así como otros de carácter rústico, se gravan en el IRPF como imputación de rentas inmobiliarias, que aumentan la base imponible. Con carácter general, el contribuyente debe integrar entre sus rentas del ejercicio el 2 % del valor catastral de estas propiedades, aunque hasta ahora se aplicaba un coeficiente reducido del 1,1 % cuando este valor catastral se hubiese revisado a partir del 1 de enero de 1994.

Sin embargo, la reforma fiscal aprobada por el Gobierno cambió las reglas y, a partir del 2015, el ejercicio fiscal que se liquida en la declaración de la renta que se presenta estos días, el porcentaje reducido del 1,1 % solo se aplica en aquellos inmuebles cuya revisión catastral se haya realizado en los diez períodos impositivos anteriores. Esto es, en el caso de esta declaración, después del 1 de enero del 2005, aunque la fecha tope se irá actualizando en cada ejercicio.

De esta forma, los propietarios de inmuebles ubicados en ayuntamientos donde la última revisión catastral se hayan realizado entre 1994 y el 2005 verán casi duplicada este año la imputación de rentas inmobiliarias, al pasar esta del 1,1 al 2 % del valor catastral. Así, por ejemplo, un contribuyente que posea una segunda residencia valorada en 60.000 euros según una ponencia del año 2002, verá incrementada su base imponible en 1.200 euros, en lugar de los 660 que hubiera sumado con la normativa anterior.

Expertos fiscales consultados por este periódico reconocen que, con la medida, el fisco se garantiza un incremento de la recaudación por IRPF gracias, precisamente, a los inmuebles que se han librado de pagar más IBI por no haberse actualizado su valoración catastral. Aunque también asumen que el anterior régimen «no era acorde a la realidad».

¿Y qué pasa si en el momento de liquidarse el impuesto de la renta el inmueble en cuestión carecía de valor catastral o este no había sido notificado aún al propietario? En ese caso, se aplicará el coeficiente reducido del 1,1 % sobre el 50% del mayor de los siguientes valores: el utilizado por la Administración para calcular otros tributos o el precio de adquisición.