Los beneficios fiscales se reducen un 9,4% respecto al inicio de la legislatura

D. Valera MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

benito ordoñez

En el 2016 serán 34.498 millones con una caída del 45% en las exenciones del IRPF

03 sep 2015 . Actualizado a las 12:56 h.

Uno de los objetivos de la reforma fiscal del Gobierno fue reducir los beneficios fiscales para minimizar su impacto en la recaudación tributaria. Y es que España es uno de los países con los tipos impositivos más elevados de la UE, pero con unos ingresos por debajo de la media comunitaria. Así, los Presupuestos del 2016 incluyen 34.498 millones en exenciones y deducciones fiscales, un 9,4 % menos que al inicio de la legislatura y un 15,3 % inferior al año anterior. Asimismo, esta cuantía equivale al 17,8 % de la recaudación tributaria estimada para el próximo ejercicio. También la más baja de los cuatro años de Mariano Rajoy.

Sin embargo, esta disminución se debe, sobre todo, al descenso drástico en los beneficios fiscales del IRPF por un cambio metodológico a la hora de contabilizar la reducción de los rendimientos del trabajo. Y es que los asalariados pueden deducirse 2.000 euros de su base imponible al presentar la declaración. Sin embargo, ahora esta medida no desaparece pero deja de tener consideración de beneficio fiscal y computa como gasto deducible, es decir, que no se puede estimar hasta conocer los datos de la campaña de la renta del próximo año. Así, este apartado sufre un desplome del 89,5 % al pasar de suponer 6.908 millones en el 2015 a 724 millones el próximo ejercicio.

Este cambio en los rendimientos del trabajo provoca que los beneficios fiscales en el IRPF disminuyan un 45,4 % hasta los 8.309 millones. De esta forma, la mayor exención se produce por la tributación conjunta (1.364 millones), seguido de la deducción por inversión en vivienda habitual (1.241 millones) y la reducción por familia numerosa o persona con discapacidad a cargo (1.142 millones).

Menos caída en sociedades

En el impuesto de sociedades la disminución de los beneficios fiscales es más moderada. De hecho, en los Presupuestos del 2016 apenas se reduce un 2,8 % hasta los 3.840 millones de euros. Esta cantidad representa el 15,4 % de la recaudación prevista para esa figura. En este caso, es un porcentaje muy similar al registrado en el 2013 (un 15,5 %) que demuestra cómo el recorte en estas deducciones no ha sido tan profundo como en otras.

Deducciones en dividendos por las filiales en el extranjero

Las empresas matrices con filiales en el extranjero también podrán beneficiarse de las deducciones por dividendos. Así lo estableció ayer el Tribunal de Justicia de la UE al pronunciarse contra una ley francesa que impedía a las empresas poder aplicar esta exención si las filiales se encontraban en un tercer país. El tribunal consideró que esta distinción es contraria al Derecho europeo porque «vulnera de forma injustificada la libertad de establecimiento» de las compañías.

De esta forma, la Justicia europea falla a favor de la sociedad Steria, que pertenece al grupo del mismo nombre y tiene participaciones en filiales establecidas tanto en Francia como en otros Estados miembros y recurrió la norma gala por denegarle la deducción fiscal.

La legislación francesa estipula que los dividendos percibidos por una sociedad matriz por las participaciones que posee en otras sociedades pueden deducirse en parte si los dividendos provienen de sociedades establecidas en Francia que forman parte de un grupo en consolidación fiscal, pero cuando los dividendos provienen de filiales establecidas en otros Estados miembros no se contempla la posibilidad de deducir la parte proporcional.