La Audiencia Nacional no se cree que las «black» fueran parte del sueldo

J. A. Bravo MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

BENITO ORDOÑEZ

Desautoriza al juez instructor e imputa de nuevo a 12 exdirectivos que las usaron sin justificación aparente, entre ellos el exjefe de la Casa del Rey

04 jul 2015 . Actualizado a las 05:00 h.

Solo la prescripción del delito -que se haya sobrepasado el límite de años para perseguirlo-puede terminar salvando a los 68 exconsejeros y antiguos altos de Caja Madrid y Bankia que aún están imputados por el escándalo de las tarjetas black, con las que se dilapidaron 15,25 millones de euros de ambas entidades entre los años 2003 y 2012. Así se desprende de la resolución adoptada ayer por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que ha vuelto a imputar a una docena de esos usuarios liberados a principios de mayo de responsabilidad penal

Aquella decisión, ahora tachada de «precipitada», fue tomada por el juez instructor del caso Bankia, Fernando Andreu, con la opinión favorable de la Fiscalía Anticorrupción, que se ven ahora desautorizados por un órgano superior. Y es que para los tres magistrados de la Sección Tercera de lo Penal, Alfonso Guevara (presidente), Carmen Lamela y Antonio Díaz Delgado, su postura resulta algo incongruente porque se basa en «determinados hechos que coinciden en parte con los mismos razonamientos» que emplearon en enero para imputarlos. Básicamente, el juez sostenía que esos 12 exdirectivos tenían otra tarjeta «exclusivamente» para gastos de representación -por eso veía «ilógico» tener dos tarjetas para un «mismo fin»-, que se podía sacar dinero de los cajeros -algo «razonable» si formaban parte de su paquete retributivo- y que «no les afectaban las limitaciones» que en materia salarial la ley imponía a los consejeros

Para la Sala, sin embargo, esas tres circunstancias quedan ampliamente superadas por hasta una docena de hechos que «deben llevarnos a excluir, al menos en este momento, que el uso por parte de los directivos de las tarjetas [las opacas al fisco] formara parte de su retribución fija».

La primera es de orden legal, al apuntar que «no existía acuerdo de los órganos competentes de las entidades para su emisión y entrega», al tiempo que desmonta las tesis defensivas de buena parte de los imputados, no solo de los doce afectados por esta resolución. Entre estos destacan Matías Amat, ex director general de Caja Madrid y número dos con Miguel Blesa; Enrique de la Torre, exsecretario del consejo y Rafael Spottorno, que fue director de la Fundación de la caja antes de ocupar la jefatura de la Casa del Rey.

Cierto es que el consejo de administración de Caja Madrid tocó este asunto en tres ocasiones (mayo de 1988, junio de 1994 y octubre de 1995), y la comisión ejecutiva en otras dos (mayo y noviembre de 1988). Pero, advierten los magistrados, «ninguna de las decisiones adoptadas y reflejadas en las actas autoriza el pago, directamente o a través de la entrega de tarjetas de crédito, de otros gastos que no sean los derivados de viajes y representación en el ejercicio de sus funciones profesionales». Así de claro.

Nunca para usos personales

Y si bien «es cierto» que en 1995 se hacía referencia a una tarjeta visa «exclusivamente para gastos de representación», no lo es menos que «en ningún momento se aprobó el abono de gastos de carácter personal». El hecho de que pudiera haber varias tarjetas para el mismo fin, según los magistrados, «precisamente pone de manifiesto la ilicitud en origen» de las black, «carentes de base legal o contractual».

Los magistrados recuerdan que, de ser remuneración, debería haber tributado

Precisamente sobre la falta de base, la Sala abunda en que, además de no figurar en el contrato de trabajo ni estar documentadas, sus gastos «tampoco se contabilizaban de manera adecuada» en la entidad, ni se les practicaban retenciones «como hubiera sido lo apropiado de tratarse de verdaderas remuneraciones». Lejos de ello, esas cantidades dispuestas con estas tarjetas opacas no se declaraban a Hacienda, que desconocía su existencia.

Los magistrados, asimismo, creen que «carece de sentido» que si el objetivo era premiar a determinados cargos, no se les subiera directamente el sueldo. Igual que tampoco ven «muy lógico» que una parte de su remuneración se deje «al libre arbitrio» del presidente y «sin ningún tipo de justificación». Y destacan que aún se desconoce cuál sería la finalidad de ese «complemento salarial».

El testimonio clave

Aunque quien dejó vendidos a los imputados fue Francisco Verdú, consejero delegado de Bankia entre junio del 2011 y mayo del 2012, que ni usó la black ni firmó siquiera el contrato. Y no lo hizo porque, según declaró al juez, por su «oficio bancario» -el mismo que se presumía a sus compañeros- sabía que aquello era anormal y «no se puede usar una tarjeta sin justificación». Un testimonio clave para los magistrados, que consideran que el resto de titulares también debían «conocer que el uso de las tarjetas no estaba contemplado ni en sus contratos ni en sus nóminas».