La Audiencia de Palma no acepta la abstención de una jueza del «caso Nóos»

Efe

ECONOMÍA

La magistrada Eleonor Moyá alego vínculo familiar con uno de los abogados defensores, pero el tribunal entiende que no concurre la causa legalmente establecida de parentesco, consanguíneo o afín.

22 may 2015 . Actualizado a las 12:48 h.

 NÓOS (Seguirá Ampliación)

La sección primera de la Audiencia de Palma no ha aceptado la abstención planteada por la magistrada Eleonor Moyá para juzgar el caso Nóos por su vínculo familiar con uno de los abogados defensores, al entender que no concurre la causa legalmente establecida de parentesco, consanguíneo o afín.

Moyá formará parte del tribunal que juzgará el caso Nóos tras el auto dictado hoy por la sección primera de la Audiencia de Palma, que es firme.

La magistrada planteó por escrito su abstención ante el tribunal de la sección primera de la Audiencia de Palma para «garantizar la imparcialidad objetiva» ante la duda de si su relación como concuñada del abogado Juan Piña (que defiende al ex director general de Deportes, José Luis «Pepote» Ballester), casado con la hermana de su marido, podía ser motivo de abstención. En su escrito, la magistrada recordó que la Ley Orgánica del Poder Judicial obliga a abstenerse del conocimiento del asunto sin esperar a ser recusada cuando concurra alguna de las circunstancias previstas y planteaba la duda de si ocurría en su caso.

El caso Nóos fue asignado como ponente el pasado lunes por turno de reparto como causa de especial complejidad a la magistrada Samantha Romero Adán de la sección primera, tras el traslado del sumario desde el Juzgado de Instrucción número 3.

El magistrado Juan Pedro Yllanes presidirá el tribunal, la ponente, y por lo tanto encargada de redactar la sentencia, será Samantha Romero y el tribunal se completaba con Eleonor Moyá, aunque ahora queda en manos de la sección determinar si sustituye a esta última.