¿Has presentado tu DNI en el banco? Te queda una semana para que no te bloqueen la cuenta

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ECONOMÍA

La norma contra el blanqueo de capital y financiación del terrorismo exige a las entidades que tengan identificados a los titulares de sus cuentas

21 abr 2015 . Actualizado a las 17:26 h.

Es probable que en las últimas semanas su banco le esté apretando las tuercas para que les presente su DNI si no quiere que se bloquee su cuenta. Y no se trata de una ocurrencia de las entidades, sino de un asunto especialmente importante. Y es que, en caso de que no contar con una copia del carné de identidad de los titulares y cotitulares en sus archivos, los bancos, quieran o no, tienen la obligación de dar de baja las cuentas asociadas.

Parece que los bancos, igual que el común de los mortales, también son de dejar los trámites para el último día y, ahora, para evitar un monumental cabreo de sus usuarios, le urge la copia del documento identificativo.

La banca tuvo tiempo, ya que la norma que les exige a los bancos estar en posesión de una fotocopia del DNI de sus clientes se remonta al 2010, cuando el Gobierno aprobó la ley para la prevención del blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, y tenían un plazo de nada menos que cinco años, que acaba justamente el próximo 30 de abril, dentro de tan solo una semana. Con ello, pretenden forzar a las entidades a tener identificados a sus clientes y a conocer el origen de los fondos que han cedido en custodia.

Las entidades reconocen que les ha pillado el toro, y han descubierto que cerca del 10 % de las cuentas no están documentadas, por lo que piden «comprensión y colaboración» a los previsiblemente más de tres millones de clientes que tienen que pasar en los próximos días por las entidades para permitir que en la oficina le escaneen el DNI. Paciencia, porque se prevé movimiento en las ventanillas bancarias.

E incluso aquellos con una larga relación con la entidad pueden estar afectados, ya que hubo épocas en las que no lo exigían y, de hecho, clientes que las abrieron cuando no era obligatorio sacarse el carné de identidad.

Si no ha recibido notificación alguna, no se preocupe. Quiere decir que su entidad sí ha hecho los deberes.

En algunos casos, además de la copia del documento de identidad se pide también otros escritos que acrediten la actividad económica a la que se dedican sus clientes, como la nómina, la declaración de la renta o del IVA si es autónomo, o el contrato laboral.

Bloqueo de la cuenta

Y, ¿qué pasa si no se cumplen estos requisitos? Pues, en teoria, y dado que la nueva legislación no les permite a los bancos la existencia de cuentas indocumentadas, la entidad tiene la obligación de bloquearla al día siguiente de la entrada en vigor de la normativa. Con todo lo que ello supone: no se podrá operar con la cuenta, ni con las tarjetas, ni realizar transferencias. De no bloquearlas, los bancos se enfrentan a sanciones elevadísimas (unos 600.000 euros, inhabilitación, etc.)

Pero no hay que asustarse. Tampoco quiere decir que el banco se nos quede con todo el dinero. Ni mucho menos. En el momento en el que el cliente acuda a su oficina y entregue el DNI, automáticamente la cuenta volverá a estar activa. Pero, claro, si había alguna operación importante, puede que no se produzca, con todos los prejuicios, sanciones o tasas que se pueden derivar de ello.

De todas formas, merece la pena no esperar mucho, porque, si pasan tres meses sin la necesaria presentación de documentos, la cuenta pasaría a las llamadas «cuentas de orden», lo que haría que el proceso de trámites para volver a restablecerla más complicado.

También las financieras

No solo las entidades bancarias tienen la obligación de contar con la copia digitalizada del DNI del usuario, sino que también las financieras deben hacerlo. De ahí que no sería extraño que también El Corte Inglés se haya puesto en contacto con los titulares de su tarjeta de compra, permitiendo que sus clientes lo hagan bien presencialmente (siempre la opción más segura) o bien a través de la web www.documentacionfeci.es, una herramienta segura propia de la financiera de la entidad.