El juez ordena bloquear todas las cuentas de Rodrigo Rato

La Voz LA VOZ | AGENCIAS

ECONOMÍA

El magistrado requiere además información histórica sobre los movimientos bancarios de las cuentas del exvicepresidente del Gobierno y las de sus sociedades

17 abr 2015 . Actualizado a las 21:56 h.

El juez encargado de investigar al exvicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato por supuesto fraude, blanqueo de capitales y alzamineto de bienes, ha ordenado el bloqueo inmediato de todas las cuentas corrientes, depósitos, fondos y préstamos titularidad a su nombre y de sociedades relacionadas con el exministro del Gobierno de Aznar.

El titular del Juzgado número 31 de Madrid, Enrique de la Hoz, ha requerido adeás información histórica sobre los movimientos de dichas cuentas, han informadofuentes de la investigación. De la Hoz ha enviado un requerimiento a las patronales del sector -la Asociación Española de Banca (AEB), la Confederación Española de Cajas de Ahorros (CECA) y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito (Unacc)-, para que procedan al bloqueo de las cuentas del exministro y de sociedades ligadas a él.La paralización de las cuentas evitará las retiradas de efectivo, aunque podrán seguir recibiendo ingresos, que quedarán inmediatamente paralizados.

La decisión llega el mismo día en el que ha terminado el registro del despacho de Rato en el Barrio de Salamanca  y un día después de que la Justicia ordenara inspeccionar el domicilio de Rato en busca de pruebas, tras admitir una denuncia de la Fiscalía de Madrid. 

Más de un año de investigación

La Agencia Tributaria lleva más de un año investigando a Rodrigo Rato, como ha reconocido este viernes el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y por ello su nombre figuraba en la lista de 705 contribuyentes sospechosos de aprovechar la amnistía para lavar parte de su patrimonio. De entre todos ellos, la unidad antiblanqueo, el Sepblac, se fijó inmediatamente en Rato porque Hacienda detectó contradicciones sobre sus bienes y había descubierto su participación en un complejo entramado societario, cuyos vínculos se extenderían hasta algunos paraísos fiscales, explicaron fuentes de la investigación.

La obligación de declarar cuentas y bienes en el extranjero contempla sanciones de hasta el 150% del valor del bien no declarado y no supone ningún pago adicional de impuestos, sino que se trata de una mera declaración informativa, con el fin de estrechar el cerco sobre los contribuyentes que tienen bienes en el extranjero sin declarar.

De esta forma, si la Agencia Tributaria descubre que un contribuyente no ha informado de una cuenta en el extranjero, imputará ese bien como ganancia patrimonial en el IRPF y, además, aunque esta cuenta se hubiera abierto en un ejercicio fiscal ya prescrito, no se considerará como tal y se girará la declaración y la sanción correspondiente al último periodo impositivo que no haya prescrito.