El uso de las tarjetas de Caja Madrid cambió al llegar Blesa

ECONOMÍA

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Anticorrupción reclama 608.000 euros de fianza para al ex representante de IU José Antonio Moral Santín, por el caso de las tarjetas opacas 

17 feb 2015 . Actualizado a las 01:48 h.

Miguel Blesa. Es el hombre al que ayer, en su declaración en la Audiencia Nacional, señalaron los exconsejeros imputados por el uso indebido de las tarjetas opacas de Caja Madrid, que durante una década se tradujo en un cargo total superior a quince millones de euros. El que fuera presidente de la entidad entre 1996 y el 2009 es, en palabras de la decena de personas a las que ayer interrogó el juez Fernando Andreu, que instruye el caso Bankia, el responsable último de que las tarjetas black acabaran usándose para gastos personales, sin ningún tipo de control.

Según fuentes jurídicas presentes en las declaraciones, con el desembarco de Blesa en Caja Madrid se generalizaron «los gastos personales» cargados a las tarjetas B, que antes se empleaban para gastos de representación, aunque «flexibles» y con prudencia. El caso es que aunque los exconsejeros discreparon sobre en concepto de qué se les hizo entrega de sus respectivos plásticos black -para gastos de representación o como complemento de su retribución-, sí coincidieron en que era Blesa quien fijaba el límite de gasto de las tarjetas, en función de los cargos, y que propició un «cambio de uso» de las mismas.

Andreu ya estableció para el expresidente de Caja Madrid una fianza civil de 16 millones de euros y de tres para Rodrigo Rato, su sucesor en el cargo -luego al frente de Bankia-, por considerarles indiciariamente responsables del uso presuntamente ilegal de las tarjetas.

Un rosario de fianzas

La Fiscalía Anticorrupción también pidió ayer fianzas para seis de los diez imputados que declararon ante el juez en la primera de las jornadas de interrogatorios. Andreu interrogará esta semana a 27 personas (entre imputados y testigos), dentro de la primera ronda de señalamientos, aunque el número total de imputados por el caso de las tarjetas black asciende a 82 personas.

José Antonio Moral Santín, exdirigente de Izquierda Unida y exvicepresidente de la caja en el mandato de Blesa, fue el primero en declarar ayer y también el primero para el que el fiscal solicitó fianza civil. En su caso, el importe asciende a 608.000 euros, resultantes de sumar los 456.552 euros que gastó con su tarjeta opaca y un tercio de esa cuantía, como marca la ley.

Idéntica fórmula aplicó Anticorrupción para solicitar las fianzas del exalcalde socialista José María Arteta (que cargó 137.617 euros); para Pedro Bedía (78.200); para el expresidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, que dispuso 93.984 euros y que ayer se negó a declarar; para el socialista Ramón Espinar (173.999) y para Ignacio de Navasqües (191.981). El magistrado no resolvió ayer las fianzas tras concluir los interrogatorios, a diferencia de lo que sí hizo en octubre cuando declararon Miguel Blesa y Rodrigo Rato.

Por contra, la Fiscalía no pidió fianza alguna para los sindicalistas Juan José Azcona (99.300 euros) y Rodolfo Benito (140.600), ambos de Comisiones Obreras, ni tampoco para el representante de Impositores y Consumidores, Guillermo Marcos (130.947) o Gonzalo Martín Pascual (129.700).

Gasto real de representación

Anticorrupción considera que los importes cargados a las tarjetas por Azcona, Benito y Marcos, en función de los extractos de las cuentas, sí podrían acreditarse como gastos de representación, aunque para los dos últimos -que han impugnado el informe de auditoría realizado por Bankia en el que se les imputan los citados gastos- se reserva la posibilidad de pedir en el futuro fianza.

Según explicaron fuentes presentes en las declaraciones, Moral Santín fue quien incurrió en más contradicciones ya que, a diferencia del resto de exconsejeros, aseguró que estaba permitido hacer extracciones de efectivo en cajeros, en los que retiró más de 300.000 de los 456.552 euros dispuestos con cargo a su tarjeta. Asimismo, explicó que cuando le facilitaron dicho medio de pago lo hicieron «por su gran actividad y dedicación» -cabe recordar que, nombrado a propuesta de IU, era vicepresidente de la entidad- como parte de un paquete retributivo que incluía dietas y servicios de salud.

Algunos de los imputados han declarado que la tarjeta opaca era para gastos derivados de su cargo, pero han coincidido en señalar que estaba instaurado en la caja seguir disponiendo de ella hasta tres meses después de salir de la entidad.

La Audiencia tumba la petición de UPyD de prisión sin fianza para Rodrigo Rato

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó ayer un auto por el que rechazó la petición de UPyD de que dictase prisión incondicional sin fianza para el expresidente de Bankia, Rodrigo Rato. En su resolución, la sección tercera coincide con el juez Fernando Andreu, que desestimó el pasado diciembre la medida cautelar de prisión reclamada por UPyD. Ahora los magistrados argumentan que «los indicios delictivos existentes» contra Rato por las presuntas irregularidades en la salida a bolsa de la entidad financiera no justifican «una medida tan gravosa» como la solicitada por la acusación particular, especialmente porque el expresidente, imputado en el caso Bankia y otras piezas separadas, como la de las tarjetas opacas, «no ha llevado a cabo intento de fuga alguno».

No hay riesgo de evasión

Al respecto, desmontan el argumento de UPyD, ya que entienden que los viajes que Rato realizó a Ginebra después de que el juez Andreu le impusiera una fianza de tres millones de euros por su responsabilidad en el caso de las tarjetas B «no arrojan ese hipotético riesgo de fuga» al que aludía la acusación, pues «no consta que no haya retornado al país, se haya sustraído a la acción de la Justicia o no haya comparecido ante ella cuando ha sido llamado». Prosigue el auto insistiendo en que «no se ha llevado a cabo intento de fuga alguno, ni menos consumado, máxime cuando han transcurrido más de dos años desde el inicio de la investigación».

La Audiencia no considera tampoco que tal medida cautelar esté justificada por la gravedad de la pena que pudiera imponérsele, ni ve inminencia de juicio oral «dada la complejidad de la causa y el elevado número de imputados». Tampoco advierte la sala que existan los otros requisitos para imponer la prisión, como el riesgo de ocultación, alteración o destrucción de pruebas, un peligro de actuación contra los bienes jurídicos de la víctima o una reiteración delictiva del imputado.