Seis consejos para rebajar su factura fiscal ahora que aún está a tiempo

Gabriel Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Los expertos recomiendan ajustar algunas decisiones a los cambios tributarios

16 nov 2014 . Actualizado a las 09:40 h.

El próximo 1 de enero entrará en vigor la reforma fiscal. Y, con ella, los cambios en el impuesto de la renta, el de sociedades y el IVA. A la espera de que el Congreso apruebe de forma definitiva el texto, el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) ha presentado un documento con 60 recomendaciones para ajustar las decisiones al calendario de la reforma, lo que permitirá tanto rebajar la factura fiscal de este año como empezar a planificar la del próximo ejercicio. Estas son alguna de las principales:

Rendimientos del trabajo

Piense bien cuándo reducir las rentas irregulares. Los expertos del REAF recomiendan a aquellos contribuyentes que vayan a percibir una renta irregular, como un bonus, valorar bien cúando conviene aplicar la reducción a la que tienen derecho, ya que si prevén recibir otro mayor en los cinco años siguientes convendrá no reducir el de este año ya que, de hacerlo, no podrán aplicar ese beneficio fiscal en los próximos ejercicios. En cambio, a aquellos trabajadores a los que su empresa les vaya a entregar gratuitamente acciones les conviene que el reparto se produzca este año, cuando estarán exentos los 12.000 primeros euros. A partir del 2015 solo tendrán el mismo trato si la oferta de acciones se hace a todos los empleados en las mismas condiciones.

Alquiler

Firme el contrato antes de que acabe el año. Si está pensando en irse a vivir de alquiler o ya lo hace pero quiere cambiar de piso, no lo dude. Si puede, firme el contrato antes de que acabe el año. A partir del 1 de enero, se suprime la deducción por alquiler para los nuevos arrendamientos, aunque se mantendrá la bonificación fiscal para los arrendatarios que tengan un contrato anterior a esa fecha. Estos podrán seguir deduciéndose un 10,05 % de las cantidades satisfechas cada año, siempre que su renta no supere los 24.107,2 euros. Con todo, en el caso de Galicia se mantiene una deducción autonómica para menores de 35 años que no ganen más de 20.000 euros al año.

Plusvalías

La edad determinará el mejor momento para vender. Aunque el trámite parlamentario ha mitigado el castigo fiscal a la venta de vivienda de segunda mano -se mantienen los coeficientes de abatimiento, que reducen el gravamen sobre las plusvalías de viviendas y otros bienes adquiridos hasta diciembre de 1994, en operaciones de hasta 400.000 euros-, a partir del 1 de enero se suprimen los coeficientes de corrección monetaria, que actualizan el importe de adquisición del inmueble en función a la inflación, antes de calcular la plusvalía. De esa forma, el dueño de un piso comprado en 1997 por 20 millones de pesetas (120.202 euros) que lo venda ahora por 180.000, tributará 4.796 euros si firma la operación el 31 de diciembre de este año, pero deberá abonar 13.232 si lo hace solo un día después. Ese hachazo fiscal no afectará a aquellos propietarios que reinviertan esa plusvalía en la compra de otra vivienda en los dos años posteriores a la venta ni a los mayores de 65 años que la usen para complementar su pensión. Y es que la reforma fiscal no solo mantiene esa exención a los jubilados, sino que la amplía a otros bienes distintos a la vivienda habitual, de forma que aquellos mayores de 65 que estén pensando en vender una segunda vivienda o acciones, deberán valorar si les compensa hacerlo en el 2015, ya que no tributarán por la ganancia -con un límite de 240.000 euros- si la reinvierten en la constitución de una renta vitalicia.

Inversiones a corto plazo

El trato fiscal mejora el próximo año. Actualmente, el impuesto de la renta diferencia entre las plusvalías obtenidas a corto plazo (en menos de un año) o a largo. Las primeras tributan a los tipos que se aplican a los rendimientos del trabajo, muy superiores a los del ahorro, mientras que a las segundas se les aplica este segundo gravamen. El año que viene desaparecerán las diferencias, por lo que si está pensando en vender acciones o una vivienda adquirida hace pocos meses y puede aplazar la decisión, es mejor que espere al 2015.

Planes de pensiones

Agotar el límite de aportación este año, rescatar el próximo. Si tiene un plan de pensiones, y la capacidad económica para hacerlo, le conviene agotar este año el límite de aportación (10.000 euros con carácter general o 12.500 euros para los mayores de 50), ya que a partir del 2015 la contribución máxima deducible por año se limitará a 8.000 euros. Sin embargo, si está pensando en rescatar el plan puede que le convenga hacerlo el año que viene, para beneficiarse de la reducción de los tipos del IRPF, ya que el dinero recuperado de un plan de pensiones tributa como un rendimiento del trabajo.

Dividendos

Mejor antes de que acabe el ejercicio si no superan los 1.500 euros. La exención sobre los primeros 1.500 euros percibidos como dividendo se suprimirá a partir del 1 de enero. Aunque la mayoría de los contribuyentes con acciones o inversiones en empresas no pueden influir en el reparto de dividendos, el REAF aconseja a aquellos que sean socios de una compañía con reservas y tengan capacidad de decisión que propongan el cobro antes de que acabe el ejercicio. Al menos, hasta cubrir esa cantidad exenta. Si supera los 1.500 euros será mejor sacar la calculadora, pues a partir del 2015 se rebajarán los tipos del ahorro, por lo que si el dividendo es muy cuantioso puede que sea recomendable aplazar el cobro al próximo año.