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c. calvar MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Ser solidario o engordar un plan de pensiones ahorra en el IRPF

08 dic 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El final del 2013 está a la vuelta de la esquina y es tiempo de echar mano de la calculadora y repasar los cambios en la legislación tributaria para averiguar cómo ahorrar unos euros en la factura del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El sistema en vigor da la oportunidad a los contribuyentes de reducir, mediante una serie de inversiones o gastos, el importe de las cuotas a pagar al fisco o de incrementar la cantidad a devolver en las declaraciones a presentar la próxima primavera.

La cuenta atrás para esos ajustes ha comenzado y expirará con las doce campanadas. Mientras tanto, los ciudadanos con ahorros pueden aprovechar las oportunidades que ofrecen las deducciones más comunes previstas en la ley del IRPF. Mediante aportaciones -sobre todo a hipotecas y planes de pensiones- lograrán bonificaciones nada despreciables.

La gran novedad del ejercicio fiscal del 2013 es la desaparición de la deducción general por compra de vivienda habitual. Es decir, quienes hayan adquirido una casa desde el pasado 1 de enero no podrán acogerse a este beneficio. Pero, para el resto, todos los que firmaron su hipoteca antes del arranque del año, la vivienda sigue siendo el bien que ofrece mayores posibilidades de reducir la factura de la Renta.

Amortizar hipoteca

El comprador de una casa puede recortarla mediante amortizaciones anticipadas de los créditos hipotecarios, en general el 15 % de una base máxima de 9.040 euros. La deducción máxima posible son 1.356 euros al año por contribuyente. El director del Servicio de Estudios del Consejo General de Economistas, Rubén Gimeno, recuerda que, en el caso de los matrimonios, ambos cónyuges pueden beneficiarse si presentan la declaración por separado y han hecho amortizaciones al préstamo cada uno por su cuenta. El colectivo de técnicos de Hacienda (Gestha) estima que la deducción media declarada por inversión en vivienda son 731,55 euros.

Cuenta ahorro-empresa

También podrán deducirse en la declaración el 15 % de los fondos aportados, hasta 9.000 euros, a una cuenta ahorro-empresa, cuyo saldo deberá destinarse en cuatro años a constituir una nueva sociedad empresarial. En este caso, los expertos de Gestha calculan que la deducción media declarada son 993,34 euros.

Por alquiler

Otra novedad de este ejercicio es la supresión de las deducciones por obras en la vivienda con vistas a una mayor eficiencia energética o a mejorar su accesibilidad. Esas facilidades expiraron en el ejercicio del 2012. La ley sí mantiene viva la deducción por alquiler. Según la base imponible, que siempre deberá ser inferior a 24.107 euros, los contribuyentes que arrendaron una casa en este 2013 podrán aplicarse una bonificación del 10,05 % sobre los importes satisfechos, con una base máxima de deducción de 9.040 euros. Si un propietario está pensando en alquilar, también debe de saber que si elige como inquilino a un joven de entre 18 y 30 años con ingresos superiores al IPREM (532,50 euros al mes) no tributará por las rentas obtenidas. Si, por el contrario, el arrendatario no cumple esos requisitos, el casero tributará al 40 %. Por último, en relación con la vivienda conviene recordar que las personas mayores de 65 años están exentas de tributar por las plusvalías logradas con la venta de su vivienda. «Si tiene usted 64 años y piensa vender su casa, espere a cumplir los 65 y ahorrará esos pagos», señala Gimeno.

Planes de pensiones

Estos días son propicios para efectuar aportaciones a un plan de pensiones. Si no se han cumplido 50 años en el 2013, el límite está fijado en el 30 % de los rendimientos del trabajo y de actividad económicas o 10.000 euros. Para los mayores de esa edad, los techos son del 50 % y de 12.500 euros. Se puede reducir la base del cónyuge aportando al plan del otro, con un límite de 2.000 euros siempre que las rentas de la pareja no alcancen los 8.000 euros

Venta de acciones

Ahora que ha subido la Bolsa, el Consejo General de Economistas recuerda a quienes piensen vender acciones que si lo hacen antes de que haya pasado un año desde la compra, el rendimiento tributa según la tarifa general del IRPF (entre el 24% y el 56%, según el tramo y comunidad de residencia). «Es mejor esperar a cumplir el año», asegura Gimeno, y las plusvalías tributarán entre el 21 % y el 27 %, según su cuantía.

Donativos a oenegés

Los donativos realizados a partidos políticos, sindicatos, oenegés y entidades sin ánimo de lucro dan derecho a deducciones del 10 %, 25 % o 30 %, según el tipo de donación. Gestha detalla que la reducción media declarada por cuotas de afiliación a partidos es de 159,96 euros y la deducción media por donativos alcanza los 75,8 euros.