A juicio de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG, «no está justificado en el interés general el sacrificio de la parte de retribución en concepto de paga extraordinaria generada antes de la publicación» del decreto que lo anuló. El fallo analiza el diferente trato que con esta medida recibe un funcionario que haya trabajado todo el año 2012, que ha perdido la extraordinaria, y otro que haya trabajado en la Administración hasta el 14 de julio, «que podría haber liquidado su derecho y cobrado en dicha fecha».
Entienden los jueces que con la retroactividad «se penaliza a quien más trabaja respecto de quien ha trabajado menos». Por ello ordenan el pago de la parte proporcional para eliminar este desequilibrio.