En una primera resolución de noviembre del 2010, la Agencia de Protección de Datos condena a Orange por dos infracciones graves, una por cada una de las dos líneas que pretendía cobrar. Tras un recurso de la empresa, la agencia aceptó en junio del 2011 aplicar la versión de la ley de protección de datos reformada en el 2011 y deja la sanción en 50.000 euros por cada línea, en vez de los 60.000 iniciales.