El canje de las preferentes de NCG no paralizará la vía del arbitraje

Manoli Sío Dopeso
M. Sío Dopeso REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

Los laudos favorables seguirán obligando a restituir toda la inversión

04 ene 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

El arbitraje y, en menor medida, la Justicia ordinaria, han sido, hasta el momento, las dos únicas vías que han permitido recuperar el dinero atrapado en productos híbridos adquiridos en NCG Banco, como las participaciones preferentes o deuda subordinada. A partir de febrero, los ahorradores podrán canjear en efectivo sus participaciones -que previamente habrán sido sometidas a una quita media del 50 % por imperativo de Bruselas- por acciones que a su vez serán recompradas por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).

Lo que debe saber el inversor afectado es que, al menos mientras no exista ninguna orden que lo prohíba, ninguna de estas tres vías es excluyente.

¿Cuánto tiempo va a seguir abierta la vía del arbitraje?

La oficinas de Consumo de la Xunta habilitadas para la recepción de las demandas de los afectados seguirán admitiendo nuevos casos mientras NCG así lo considere. ¿Y qué dice el banco? Por su parte, la entidad que preside José María Castellano asegura que no existe fecha de finalización y que no está previsto que la haya a corto plazo, sobre todo, si se tiene en cuenta que la también nacionalizada Bankia acaba de poner en marcha este procedimiento que NCG puso a disposición de los afectados en junio del 2012.

¿Qué pasará con las demandas sin resolver cuando se inicie el canje?

La vía del arbitraje continuará abierta y seguirá su curso de forma paralela al proceso de canje por acciones que, previsiblemente, comenzará a lo largo del mes de febrero. Esto quiere decir que las más de 18.000 demandas presentadas a través de las oficinas de consumo que todavía están pendientes de resolución (Consumo ha emitido 11.000 laudos favorables) se seguirán tramitando y los árbitros seguirán emitiendo sus fallos, «porque, al igual que ocurre con la Justicia ordinaria, una vez iniciado un procedimiento de este tipo no se puede interrumpir», explican fuentes conocedoras del proceso.

Una vez hecha la quita y el canje, ¿qué ocurre si el laudo es favorable?

Lo mismo que ocurriría con un fallo judicial. Aunque ya se haya realizado el canje de las preferentes por acciones, previa aplicación de la quita, si la sentencia anula la venta del producto, la entidad está obligada a restituir el cien por cien del importe invertido, sin los intereses acumulados en este tiempo. «El laudo invalida la contratación del producto, con lo cual, queda invalidado todo el proceso posterior», explican fuentes expertas en el tema.

¿Por qué la emisión de laudos arbitrales se ha ralentizado?

Este proceso extrajudicial se inició el 20 de julio del 2012. Desde entonces, NCG ha devuelto 210 millones de euros a los 11.000 ahorradores que han podido demostrar mediante la vía del arbitraje que fueron engañados o que no sabían lo que estaban comprando. Pero lo cierto es que el proceso va cada vez más lento. Si en los tres primeros meses se emitieron una media de casi mil laudos por semana, entre octubre y diciembre solo se han resuelto un millar de casos. Según NCG, esto es así porque se comenzó resolviendo los casos más claros. «Ahora se está procediendo a una segunda revisión de las reclamaciones para los casos no tan claros y eso hace que vaya algo más lento el proceso», explican fuentes de la entidad.

¿Aún es posible que exista una salida global para todos los afectados?

El comisario de Competencia, Joaquín Almunia, ha dejado clara la imposibilidad de una devolución y, pese a admitir que se trata de «un engaño», dice que el problema «debe solventarlo España». Además del arbitraje o el canje en efectivo, cabe aún la posibilidad de que prospere la vía judicial, en el caso de la comunidad gallega, por iniciativa de la Fiscalía Superior de Xustiza de Galicia.