Desestiman un desahucio de NCG en Castellón porque el banco no tenía registrada la propiedad

Efe

ECONOMÍA

La caja gallega concedió un préstamo a una pareja para comprar una propiedad y cuando se fusionó con Nova Caixa, el citado inmueble seguía figurando a su nombre aunque la entidad ya no existía como tal

20 nov 2012 . Actualizado a las 22:20 h.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón ha desestimado una demanda de ejecución hipotecaria, presentada por NCG Banco, al no haber registrado a su nombre la propiedad para la que se concedió el préstamo.

Según el auto hecho público por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la entidad interpuso un recurso contra el auto del juzgado que no admitió a trámite su demanda para proceder a la ejecución hipotecaria contra una familia a la que reclamaban por un préstamo 186.730 euros.

La sentencia explica que en enero de 2008 la Caja de Ahorros de Galicia concedió un préstamo a una pareja para comprar una propiedad, y posteriormente cuando en noviembre se fusionó con Nova Caixa, el citado inmueble seguía figurando a su nombre aunque la entidad ya no existía como tal.

El núcleo de la divergencia, según la sentencia, radica en que según Nova Caixa, la efectividad de los derechos cedidos a ésta por la Caja de Ahorros de Galicia no requiere de la inscripción en el Registro de la Propiedad.

La Sala afirma que «no es la primera vez que se pronuncia sobre la cuestión planteada», pues ya ha dictado sentencia sobre entidades que instaban a la ejecución presupuestaria sin ser ellas las que constaban en el Registro como propietarias del inmueble.

El magistrado afirma que no pone en duda el derecho de crédito que pueda ostentar Nova Caixa Galicia, pero explica que «sí puede incoarse el singular proceso de ejecución hipotecaria en base a la certificación registral», la cual es necesaria para poder proceder al mismo.

Por otra parte, agrega el magistrado, no debe prescindirse que «tras admitir la cesión del préstamo garantizado con la hipoteca» se debe hacer escritura pública e inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Por tanto, explica la Sección Tercera, «para la ejecución de la garantía a instancia de Nova Caixa Galicia debió previamente inscribirse la cesión de la misma a su favor».

Así pues, una vez constatado que Nova Caixa no es la titular registral de la propiedad, se rechaza el recurso pues considera que el juzgado no admitió a trámite la demanda de ejecución hipotecaria de acuerdo a la ley.