El TSXG anula la suspensión del concurso eólico del bipartito

la voz / redacción

ECONOMÍA

Aunque la sentencia no tiene efecto sobre el actual proceso de reparto de megavatios, la Xunta estudia la opción de recurrirla en el Supremo

23 ago 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anula la resolución dictada el 7 de agosto del 2009 por el actual gobierno del PP que suspendió el proceso para otorgar las autorizaciones de instalaciones de parques eólicos llevado a cabo por el anterior Gobierno bipartito. Aquel concurso fue ejecutado al amparo del decreto 242/07 que regulaba entonces el sector eólico y que, posteriormente, quedó carente de efecto con la aprobación, a instancias del PP, de la nueva ley encargada de regular el sector.

El tribunal, en una sentencia firme de julio producto del recurso presentado por Aucosa Eólica S. A contra aquella resolución, entiende que esta es «contraria a derecho» y, por tanto, declara su «anulación». Pese a ello, el dictamen no tiene efecto sobre el actual concurso en marcha.

Fuentes de la Consellería de Economía aclararon que «non ten ningún efecto práctico sobre o concurso actual, que continúa con total normalidade», pero «os servizos xurídicos da Xunta estudarán a posibilidade de interpor un recurso ante o Tribunal Supremo».

Además matizan que la sentencia se pronuncia sobre un asunto «que quedou superado pola aprobación da lei do sector eólico, catro meses despois, que deixou sen efecto o concurso do bipartito, acordando expresamente o desestimento dos procedementos asociados a dito proceso». Y añaden que desde el 30 de diciembre del 2009 -con la finalización del concurso anterior debido a la aprobación de la nueva normativa- «quedou sen efecto esta resolución de suspensión á que se fai referencia».

Pero para el abogado que representa a Aucosa Eólica S.A. ,- nacida de las conserveras Alfageme, Thenaise Provote, Albo y Pita Hermanos-, Ulises Bertolo, la anulación judicial tiene mayor trascendencia. «Implica que las empresas tenían derecho a la resolución de las solicitudes y, en su caso, al otorgamiento de las autorizaciones cuando el proceso se suspendió, algo que ahora, no resulta posible al haber las adjudicaciones del nuevo concurso», dice. Por esa razón, explica que la sentencia «es susceptible de generar responsabilidad de la Xunta por daños y perjuicios frente a las empresas que como mi cliente estaban tramitando solicitudes». En su momento, Aucosa había obtenido 216 megavatios de potencia eólica.

Otros letrados consultados entienden que supone una llamada de atención sobre la actuación de Industria, pero no aventuran la trascendencia que puede tener sobre una futura petición de indemnizaciones.

Por su parte Anova, que reveló ayer la existencia de dicha sentencia, ha pedido la dimisión del actual conselleiro de Industria. La coalición liderada por Beiras entiende que «con independencia das consideracións sobre o concurso eólico convocado pola Xunta na etapa do bipartito, en especial sobre a súa incidencia en espazos protexidos, que Anova non comparte, a sentenza é un revés á decisión de suspendelo, que agora se demostra ilegal».