La UE ordena liquidar la entidades no viables en otoño

Manoli Sío Dopeso
m. sío dopeso REDACCIÓN / LA VOZ

ECONOMÍA

11 jul 2012 . Actualizado a las 07:00 h.

El calendario del saneamiento de la banca española está marcado y es tajante: España debe estar preparada para liquidar entidades si resulta la mejor opción.

La amenaza recae sobre el denominado grupo 1 en el memorando, integrado por Bankia, Catalunya Caixa, NCG Banco y Banco de Valencia, es decir, los cuatro bancos nacionalizados. Para ellas, el cronómetro de la recapitalización arranca ya este mes de julio. Son las entidades objetivo 1 del rescate y a ellas irá destinada la primera partida, de 30.000 millones. Pero para ello la Comisión Europea deberá de aprobar los planes de reestructuración que presenten. Si Bruselas da el visto bueno, entre octubre y noviembre recibirán la inyección de capital. En el caso contrario, correspondería su liquidación.

Para las demás entidades, el memorando del rescate amplía el plazo de saneamiento hasta junio del 2013. Las entregas de capital comenzarán en diciembre y se harán a plazos, en un período no superior a 18 meses, pero la UE considera que la liquidación ordenada puede aplicarse tanto a los bancos del primer grupo como a los del segundo.

A finales de agosto, España deberá aprobar una norma que refuerce los poderes del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en materia de resolución.

¿Adiós a las cajas?

Europa mira con recelo a las cajas de ahorros y ahora el memorando habla incluso de impedir que estas firmas tengan el control de bancos. Según el documento, España ha aceptado preparar antes de finales de noviembre una legislación que clarifique la capacidad de las cajas como controladoras de bancos con la intención final de que tengan que reducir su participación hasta dejarla en un nivel minoritario.

En el capítulo de exigencias a los bancos beneficiarios de las ayudas, se establece que tendrán que elaborar planes de reestructuración que reduzcan las distorsiones de competencia y deberán contribuir con sus recursos al rescate, es decir, que los titulares de acciones o participaciones preferentes deberán asumir pérdidas.

El documento establece que los bancos, quedarán obligados a aplicar restricciones a la remuneración de los directivos, similares a las que ya existen en la legislación española para las entidades que tiene participación estatal a través del FROB, como es el caso de las nacionalizadas.

Además, y como ya había avanzado el segundo decreto de De Guindos para limpiar el ladrillo de los balances, los bancos rescatados tendrán que crear sociedades de gestión para transferir los activos inmobiliarios problemáticos a «precios razonables».

Hay más exigencias, por ejemplo: las entidades intervenidas no podrán repartir dividendos y tendrán que vender participadas y activos no estratégicos. Y lo más doloroso, para acceder a la ayuda europea deberán reestructurarse con la reducción de sucursales y de plantilla.

España debe presentar antes de diciembre una hoja de ruta para una eventual salida a bolsa de las entidades que hayan recibido ayuda pública.