La Xunta ha de autorizar desde hoy las grandes decisiones de las cajas

ECONOMÍA

La representación del Parlamento gallego en sus entidades es la más elevada de todo el sector

07 ene 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

Las grandes inversiones de las dos cajas gallegas y los desembolsos en obra social que supongan más de 500.000 euros de gasto en tres años en un solo proyecto tendrán que contar desde hoy, primer día operativo para las entidades, con la autorización expresa de la Consellería de Facenda. Es una de las principales novedades derivadas de la ley de cajas de la comunidad que, aprobada en el Parlamento el 29 de diciembre, entró ayer, día festivo de Reyes, en vigor.

Esa preceptiva autorización para las grandes decisiones de Caixa Galicia y Caixanova generó abundante polvareda política en el Parlamento gallego entre PSdeG y PP y BNG (los dos partidos que aprobaron la ley). Pero no es el gallego un caso excepcional. De una u otra manera, otras tres comunidades ya han impuesto por ley requisitos para inversiones, aperturas de oficinas o actuaciones en obra social. Es el caso de Cataluña, País Vasco y Comunidad Valenciana. Las dos primeras, gobernadas por los socialistas; la tercera, por el PP.

Aunque quienes participaron en la elaboración del texto definitivo aseveran que las fuentes de las que bebe la norma gallega son «la experiencia previa y las carencias detectadas por los técnicos», hay algunos puntos para los que se recurrió a otras comunidades. El vasco es un caso evidente: para las autorizaciones de grandes desembolsos (acciones, entrada en sociedades, grandes créditos...) dictamina que habrá de recibir autorización previa de aquel Gobierno autónomo. En ese territorio conviven tres entidades (Kutxa, BBK y Vital) que están entre las más solventes y con menor morosidad de todo el sistema español.

En el caso catalán, que tiene a dos firmas entre las diez mayores -y tres operaciones de fusión en marcha-, la Generalitat exige conocer los planes de expansión de las entidades de ahorro. Por ejemplo, las aperturas y cierres de oficinas fuera de la comunidad. También puede someter a criterio del Gobierno las grandes inversiones.

Los requisitos en Galicia

¿Qué dice la ley gallega? La Consellería de Facenda establecerá, en función de los recursos de cada entidad, «a necesidade de autorización previa para os investimentos en calquera clase de activos». Hasta la reforma actual ese aval no era preceptivo. No está fijado, sin embargo, qué baremos tendrá que conllevar esa inversión para precisar el plácet de San Caetano.

La Xunta también tendrá que dar el visto bueno a grandes desembolsos en obra social. El marco jurídico de la comunidad dicta que «será preciso o informe favorable previo» de Facenda para cualquier intervención en este campo que supere los 500.000 euros en tres años. Una forma de control que ha soliviantado al PSOE gallego pero que ya opera en Aragón y Valencia, dos territorios en los que esos excedentes han de atender a «directrices y prioridades» de sus Administraciones autonómicas. Es significativo porque en ambas comunidades hay tres cajas en el top-10 , y su volumen de gasto social es muy elevado.

¿Y la politización? La norma gallega que ayer entró en vigor impide a cargos políticos electos estar en asambleas y consejos de administración. Ya sucede en Cataluña y Valencia, aunque en ambas hay dirigentes con carné como presidentes de Caixa Catalunya y Bancaja (Narcís Serra o José Luis Olivas, del PSOE y del PP respectivamente). Sin embargo, sí es Galicia la comunidad en la que su Parlamento tendrá una mayor representatividad en las asambleas: hasta un 25% en el caso de Caixa Galicia; y un 20% en Caixanova. Solo en Levante (un 25%) la proporción es similar. En Aragón se acerca, con un 21%.

Los límites de edad

Hay otras similitudes en la ley gallega. En todas las normas que regulan a las diez mayores cajas de España se imponen los 70 años como el límite temporal para ser consejero de una entidad. Es lo que se ha dictado ahora en Galicia, cuando antes se dejaba a criterio de cada firma. En Castilla y León, País Vasco y Valencia, además, se obliga al director general a jubilarse a los 65 años, algo que en el caso gallego se retrasa un lustro.