La Xunta podrá vetar menos del 15% de los molinos que reparta Industria

ECONOMÍA

Los parques en áreas ya aprobadas iniciarán una tramitación reglada y solo serán revocados si incumplen algún paso

22 dic 2008 . Actualizado a las 11:25 h.

La capacidad de veto que tendrán en un futuro el Consello de la Xunta y el resto de las consellerías respecto al reparto de molinos que ahora haga Industria se limita a menos de un 15% de los aerogeneradores, solo a aquellos que se sitúen fuera del plan sectorial eólico vigente. Para el resto de parques admitidos por el departamento que dirige Fernando Blanco regirá un procedimiento reglado del que solo podrán caer proyectos que hayan hecho algo mal. Pero en la tramitación administrativa jamás se podrán volver a analizar parques excluidos en el proceso que ahora ultima la Consellería de Industria.

Los representantes por el PSOE presentes en la comisión que debería evaluar a los aspirantes aún no han podido acceder a la documentación aportada por estos. La rama socialista del bipartito no se ha pronunciado sobre cuál será su postura en el momento de votar una resolución, aunque el conselleiro de Medio Ambiente, Manuel Vázquez, adelantó el viernes que será muy difícil evaluar el concurso eólico sin tiempo para analizar esa documentación.

De forma paralela, el presidente Touriño ha insistido hasta en dos ocasiones en que, con independencia de lo que ahora decidan las consellerías del BNG (que tienen una mayoría de 8 a 2 en la comisión), la última palabra la tendrá el Consello de la Xunta. Efectivamente, un anteproyecto que supere el filtro de Industria deberá recibir después el visto bueno de Medio Ambiente (declaración de impacto ambiental), Patrimonio (dependiente de Cultura), Urbanismo, y finalmente ese Consello de la Xunta. En él se deberá aprobar el proyecto sectorial, que no es más que el desarrollo urbanístico del plan eólico vigente.

Pero, según explican fuentes jurídicas especializadas en la eólica, «estamos hablando de procedimientos reglados, en los que se podrá denegar la instalación a quienes no cumplan, pero los que no hayan pasado el primer corte ya no tendrán más oportunidades. Solo se tramitarán administrativamente los que superen el concurso de Industria».

La Xunta tendrá, sí, una capacidad de veto discrecional. Será para aquellos parques admitidos que pretendan instalarse fuera del plan sectorial vigente desde la época del PP. La Xunta, en su día, decidió limitar geográficamente los espacios para el desarrollo eólico, y estableció unas zonas (denominadas ahora Áreas de Desenvolvemento Eólico, ADES) con las que dibujó el Plan Sectorial Eólico de Galicia. Parte de ellas fueron asignadas a los promotores (Endesa, Fenosa, Iberdrola...) para su explotación, y otras, con una calidad de viento menos contrastada, fueron consideradas zonas de reserva para futuros emplazamientos.

Actualmente, la Consellería de Industria trabaja para la elaboración de un nuevo plan sectorial (de hecho ya cuenta con un borrador) que en el plazo de año y medio ampliará esas zonas, a petición de los operadores, y previo visto bueno del Consello de la Xunta, como responsable último de la ordenación del territorio gallego.

Reparar errores

No obstante, el decreto actual ya recoge la posibilidad de que los aspirantes pidan molinos en esas futuras áreas, a expensas de que sean incluidas en el nuevo plan. Esta decisión ha sido contestada tanto por los promotores del plan anterior como por la Consellería de Medio Ambiente. «Ahí es donde, únicamente con criterios políticos, el Gobierno que salga de las próximas elecciones se puede oponer -aseguran las fuentes citadas-, y reparar posibles errores que se hayan cometido en este concurso».

No obstante, apenas el 15% de los aspirantes han solicitado potencia en esas zonas, según técnicos próximos a la mesa de evaluación. Y respecto a los que pasen el corte «la proporción debería ser aún menor», explican, porque la mayoría de zonas buenas de viento están «en las ADES o en las áreas de reserva».

Otro experto del sector confirma que un megavatio desde que está en tramitación es considerado un activo por una empresa (aunque, por prudencia contable, no se apunte en las cuentas), puesto que «tiene un valor, se compra y se vende», precisamente por ese «procedimiento reglado» señalado.