Los emprendedores podrán crear en el Igape empresas en 48 horas

La Voz M. B. | SANTIAGO

ECONOMÍA

29 ene 2004 . Actualizado a las 06:00 h.

Desde el próximo lunes, las oficinas del Igape en Santiago, Lugo, Ourense, Vigo, A Coruña, Ferrol y Pontevedra se convertirán en puntos en los que los emprendedores podrán constituir sus negocios. El acuerdo entre la Xunta y el Gobierno central suscrito ayer en Santiago, sólo se refiere a la creación de una nueva figura jurídica, dirigida a los emprendedores y conocida como Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE). Con esta iniciativa, los jóvenes podrán constituir su compañía en un plazo de 48 horas, de acuerdo con lo que establece la normativa. El procedimiento de creación puede ser telemático o presencial. En ambos casos se realiza en las sedes del Igape y se necesita cita previa, llamando al teléfono 902 300 903. Aquellas con un número máximo de cinco socios (personas físicas), aunque también se permiten sociedades unipersonales. El capital mínimo será de 3.012 euros y el máximo queda fijado en 120.202 euros. Según explica el Igape, los órganos de gobierno de una SLNE son sencillos, dado que no tiene consejo de admisnistración y el administrador es uno de los socios. El marco legal vigente, además, recoge la posibilidad de que una SLNE se transforme después en una sociedad de responsabilidad limitada convencional. Según la ley estatal, una SLNE puede disolverse o liquidarse cuando las pérdidas dejen reducido el patrimonio contable a menos de la mitad del capital social durante al menos seis meses. O también cuando a la empresa le sea aplicable el régimen de sociedades patrimoniales. La principal es que puede llevar un sistema de contabilidad simplificada a través de un único registro contable. El marco fiscal es otro de los aspectos interesantes. Por ejemplo, el aplazamiento sin aportación de garantías del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados o de las deudas derivadas del impuesto de sociedades correspondientes a los dos primeros ejercicios desde la constitución. También se prevé el aplazamiento o fraccionamiento de las cantidades derivadas de la retenciones a cuenta del IRPF que se devenguen en el primer año. Otro de los aspectos más interesantes es el referido a la cuenta ahorro empresa con fondos que deben destinarse a la constitución de una SLNE con una duración mínima de dos años y con, al menos, un local y un empleado. En este caso, el régimen fiscal es semejante al de la cuenta ahorro vivienda (devolución del 15% del importe depositado en la cuenta con un límite de 9.015 euros anuales durante un máximo de cuatro años). Las oficinas del Igape se convierten en puntos de asesoramiento e iniciación de tramitación. Además de crear la sociedad, en estos sitios se ofrece al usuario información sobre las SLNE y sobre los trámites administrativos.