Desestimado el recurso de Galáurea por las bases de contratación del SAF

Javier Benito
j. benito LALÍN / LA VOZ

LALÍN

SANDRA ALONSO

El Concello de Lalín sigue adelante con el procedimiento de licitación del contrato

17 jun 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de Galicia (Tacgal) desestimó todas las alegaciones presentadas por la empresa Galáurea en un recurso especial contra el pliego de condiciones establecido por el Concello de Lalín para la contratación del Servizo de Axuda no Fogar (SAF). La decisión de este organismo permite al gobierno local continuar adelante con el procedimiento de licitación en marcha. Al concurso concurrieron cuatro firmas, una de ellas precisamente la que había recurrido las bases.

La resolución del recurso de Galáurea, que agota la vía administrativa y contra la que solo cabe interponer recurso ante la Sala do Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), se produjo este lunes. Las alegaciones de la empresa se centraban en el contenido del concurso relativo a la modalidad de prestación básica del SAF, la de libre concurrencia, y al servicio para personas en situación de dependencia. El tribunal desestimó por ejemplo los requerimientos de la firma en torno al precio fijado en el contrato para domingos y festivos así como los cálculos de las vacaciones. Desde el gobierno local recalcaron ayer que en la nueva licitación, tras impugnar Galáurea el pasado enero la pasada contratación y siendo estimado entonces su recurso, se incluyó una «pormenorizada xustificación por parte do órgano de contratación dos custos que configuran o orzamento do contrato, así como unha axeitada desagregación dos gastos salariais».

 

El tribunal, recalca el Concello, no evidencia errores o incongruencias en los pliegos de licitación o que no se ajusten al derivado del convenio colectivo, tampoco que no sean acordes con el mercado. Aluden como ejemplo al coste de cuatro días festivos especiales -24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero- cuyo cálculo se omite al considerarse que el servicio no se realizará esas fechas. También se desestima la alegación de Galáurea respecto al número de personas auxiliares a domicilio, considerándose suficientes 43 personas del total de 54 para toda la prestación del servicio en modalidad básica y dependencia. Lo mismo ocurre con el cálculo del coste de las vacaciones o para cubrir bajas, ausencias y el tiempo de desplazamiento de los trabajadores. El Concello sí incluyó en el pliego de contratación el coste de las vacaciones del personal de ayuda a domicilio al considerar que se trata de un servicio que supone sobrecoste a las empresas licitadoras.

Respecto a alegación de la firma sobre la ausencia en el presupuesto de licitación del coste del seguro de responsabilidad civil obligatorio, se desestimó por el Tacgal al considerar que el incremento del 17 % del importe de gastos generales rebate que se pueda considerar que el contrato no se ajusta a los precios del mercado. Además, el gobierno local recuerda que los precios estipulados tanto para la modalidad básica y dependencia ordinaria -16,59 euros, IVA excluido- como para dependencia en domingo o festivo -20,55 euros más IVA- están por encima de la media en municipios de similares características. Y el tribunal también constata que Galáurea no aporta cálculos alternativos a los establecidos por el Concello.

El gobierno local procederá ahora a convocar la mesa de contratación para estudiar las plicas de las empresas ofertantes y continuar con el proceso para adjudicar el SAF, con un coste anual establecido en 1,7 millones.