Lalín mantiene la sanción a la firma de los jardines por falta de personal

Javier Benito
j. benito LALÍN / LA VOZ

LALÍN

cedida

Acciona Medioambiente deberá abonar 2.001 euros tras desestimarse su alegación

16 feb 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El pasado diciembre se acordó en junta de gobierno local abrir un expediente sancionador a la empresa Acciona Medioambiente, adjudicataria en Lalín del servicio de mantenimiento de parques y jardines municipales. Una decisión argumentada en el informe del un técnico del Concello, tras detectar incumplimiento del contrato suscrito en cuestiones establecidas en los pliegos de licitación. En especial se incidía en que la firma «non xustificou a adscrición ao servizo de mantenemento de todo o persoal mínimo para acometer os traballos». Se proponía una sanción de 2.001 euros, abriéndose un plazo de alegaciones, que se produjeron pero acaban de ser desestimandas por la junta de gobierno local en una reciente reunión.

El expediente se había abierto tras constatar el Concello que Acciona Medioambiente solo había acreditado a día 21 de noviembre «a contratación de dous peóns a xornada completa, e que a partir desa data se incorporou un peón máis». Pero el pliego de prescripciones técnicas establecía un mínimo de cuatro personas a tiempo completo así como disponer de un jefe o encargado de servicio, adscrito al menos durante media jornada. El gobierno local esgrimía además para proponer la sanción de 2.001 euros que la carencia de personal causó que no se acometiesen todos los trabajos a la firma a comienzos de noviembre.

El día 10 de enero la empresa remitió alegaciones al Concello de Lalín tras el expediente sancionador incoado. Según recoge el acta de la junta de gobierno local, en ellas «afirman que ata xaneiro do presente ano non puideran contratar todo o persoal adscrito ó servizo. Xustifican a non contratación a problemas de xestión coa oficina deemprego e ofertas rexeitadas por numerosos aspirantes». Tras evaluar el escrito de Acciona Medioamibente, se acordó desestimar esas alegaciones.

Desde el Concello argumentan esa decisión en que la empresa, cuando aportó documentación sobre la adscripción de medios materiales y personales figuraban todos los previos en los pliegos y además justificaban disponer de ellos. También resaltan que «a adscrición dos medios persoais de acordo co PPT e de obrigado cumprimento para o inicio do contrato» y este entró en vigor el día 16 de octubre del pasado año, aunque la empresa ya había recibido el requerimiento de justificación de medios personales el 18 de agosto. Por ello la junta de gobierno lalinense cree que se le notificó con suficiente antelación de dos meses para cumplir las condiciones del contrato en materia de personal.

La sanción de 2.001 euros por tanto se mantiene, comunicándosele de nuevo a Acciona Medioambiente la decisión adoptada por los ediles.

Desestiman el recurso al derribo de una edificación en Vilatuxe

La orden de demolición parcial de una construcción en el lugar de A Torre, en la parroquia de Vilatuxe, se ratificó por la junta de gobierno local. El recurso de reposición presentado por el propietario del inmueble fue desestimado, en un proceso que ya se dilata casi tres años, ya que la declaración de ruina de la edificación y la primera orden de derribo data de mayo del 2015.

El Concello ya impuso una primera multa coercitiva por incumplimiento en abril del 2016, abonada la Fundación pública galega para a tutela de persoas adultas (Funga), institución que tutela al dueño del inmueble. Pero no se demolió y en enero del 2017 se ordenó de nuevo esa medida, además de imponerse otra multa. En este caso sí hubo recurso de reposición presentado por Funga, argumentando lo gravoso de esa ejecución, la carga de trabajo que tienen que les impide atender todas las situaciones con celeridad y el intento de llegar a un acuerdo con el vecino perjudicado por la situación de ruina.

Ante ese recurso el informe técnico recuerda que no se presentó ante el primer acuerdo de junta de gobierno del 2016, además de haberse abonado la primera multa coercitiva. Entonces fue cuando se estableció el medio para materializar la ejecución forzosa del derribo. Además incidieron en que el vecino afectado instó a continuar con el expediente «pola extrema gravidade da edificación». Por ello fue desestimado el recurso, mantiene la segunda multa de 300 euros y además, si no se derriba la edificación antes de un mes, habrá una tercera y otra más cada mes.

Sin opción a una clínica sanitaria en el centro Pontiñas

En la misma junta de gobierno local los ediles descartaron la opción de autorizar la instalación de una clínica de uso sanitario-asistencial en el centro comercial Pontiñas. Su comunidad de propietarios había solicitado al Concello información sobre la viabilidad de esa iniciativa empresarial en uno de los locales. Pero el informe técnico preceptivo resalta que el planeamiento urbanístico en vigor no permite desarrollar ese tipo de equipamiento, debería ser en un edificio exclusivo.