Rebajan la pena a los condenados por el secuestro del maderero de Cambre

Rocío Perez Ramos
Rocío Ramos LALÍN / LA VOZ

LALÍN

César Quián

El Supremo la redujo en tres años y medio para los principales encausados y solo en seis meses para el matrimonio de Lalín en cuya casa estuvo retenido el empresario

31 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La sala segunda del Tribunal Supremo redujo de once años y medio de cárcel a ocho las penas de los seis principales implicados en la retención en una casa de Lalín de un maderero de Cambre y que fueron condenados por delitos de secuestro y tenencia ilícita de armas. En cuanto al delito de secuestro, el Supremo baja la pena de nueve años impuesta en su día por la Audiencia de A Coruña a siete años de prisión. Considera que no debe aplicarse en este caso la agravante de aprovechamiento de la circunstancia del lugar para cometer los hechos.

Algo que ya en su día había reclamado en el juicio el abogado defensor del principal encausado, considerado como el cabecilla del secuestro, Jesús Mejuto Paredes, el letrado vigués Antonio Salceda Domínguez. Este, que representa también al hijo de Jesús, Miguel Mejuto Rivera, considera la reducción como «de justicia».

El Supremo le da la razón al abogado vigués que invocaba entre los motivos del recurso infracción de ley por aplicación indebida de la agravante lugar. La sala considera que «no estaba excluida en absoluto la presencia de personas que pudieran pasar por el lugar» y entiende que la mayor facilitad para privar de libertad a la víctima viene en este caso determinada por la exhibición de armas con las que fue amenazado el empresario y el hecho de que los participantes en el secuestro «fuesen ocho personas, seis de ellas armadas».

El Supremo rebajó de nueve a siete las penas de prisión por secuestro impuestas a Jesús Mejuto Paredes, al hijo de este, José Miguel Mejuto Rivera, al hermano de Jesús, José Manuel Mejuto Paredes, a Ramón Mosquera Tarrío, a Jesús Manuel Miguélez García y a la pareja de Jesús, Isabel Martínez Silva.

Todos ellos, excepto Isabel Silva, estaban condenados por un delito de tenencia ilícita de armas. Se les reduce también la pena de dos años y seis meses de prisión a otras de un año de cárcel por este delito. La Audiencia de A Coruña justificara la gravedad de la pena en el hecho de que las armas se usaron para cometer un delito de secuestro, pero eso, dice ahora el Supremo, no es posible porque esta gravedad ya se tuvo en cuenta para individualizar la pena por este delito. Mucho menor es la reducción que el Supremo dicta para el matrimonio formado por Esther Silva Taboada y Miguel Martínez Cuadrado, propietarios de la casa de Xar, en Barcia (Lalín), donde estuvo retenido el empresario coruñés durante el tiempo que duró el secuestro. Ambos ven rebajada la pena solo en seis meses pasando de una de seis años, seis meses y un día a otra de seis años de cárcel como cooperadores necesarios de un delito de secuestro.

Los principales encausados llevan en prisión más de tres años

Los principales encausados llevan en prisión tres años y dos meses, a excepción de Ramón Mosquera Tarrío, que al parecer pudo salir de la cárcel, a causa de una enfermedad grave, en este caso un cáncer. De hecho, uno de ellos afirmaba que unos vecinos le habían comunicado su fallecimiento. Algo de lo que los letrados no tenían conocimiento ni ninguna comunicación oficial al respecto. Tampoco tenían ninguna noticia vecinos de Toques, de donde es natural, y que lo hacían vivo. Jesús Mejuto y su hijo cumplen condena en la prisión de Monterroso, mientras que otros están en Teixeiro.

La sentencia del Supremo es firme. El abogado de Jesús Mejuto y su hijo estudia la presentación de un recurso de amparo para solicitar que se maticen algunas cuestiones, alguna de ellas relativas a la responsabilidad civil y pedir, apunta Antonio Salceda, alguna reducción más en relación a «alguna cosa que no fue ratificada en sala» y considera que dada la rebaja y el tiempo que llevan en prisión pronto podrán disfrutar de su primer permiso penitenciario.

Los septuagenarios de Xar siguen en libertad condicional

El secuestro del empresario se produjo en enero del 2014. La víctima permaneció cautiva en un alpendre de Lalín seis días. Los secuestradores pedían un rescate a la familia del maderero de 70.000 euros.

El matrimonio lalinense había entrado en prisión, a la vez que el resto de los acusados, después de la liberación del empresario por parte de la Guardia Civil. A mediados de agosto del 2015 la autoridad judicial aceptó su puesta en libertad, de la que disfrutaban desde entonces a la espera de la decisión del Supremo.

Al ser la sentencia firme, eso supone que una vez que se ordene la ejecución de la misma debería ordenarse su ingreso en la cárcel. En el momento de los hechos Miguel Martínez tenía 68 años y su mujer 69; ahora pasan de los 70. Su edad y sus problemas de salud podría pesar a la hora de demandar la posibilidad de mantener su libertad condicional. Ambos cumplieron ya en prisión cerca de dos años.