La ley exime de peaje a los servicios de emergencias pero se incumple

Rocío Perez Ramos
Rocío Ramos LALÍN / LA VOZ

LALÍN

M. M.

En la zona las ambulancias son las que más utilizan la AP-53, seguidas por Tráfico

11 nov 2016 . Actualizado a las 05:00 h.

Una disposición real publicada en el BOE el 30 de septiembre del 2015 recoge los cambios efectuados en la Ley de Carreteras. La ley 37/2015 de 29 de septiembre del pasado año actualiza la existente con anterioridad y la adapta a la nueva realidad viaria del conjunto de España. En su artículo 23 se establecen exenciones de peaje por parte de las fuerzas de seguridad y los servicios de emergencia.

Se recoge textualmente que «en caso de que estuvieran establecidos peajes no estarán obligados a su abono los vehículos de las Fuerzas Armadas, de los cuerpos y fuerzas de seguridad, no de los servicios contra incendios». «Tampoco lo estarán -dice- los vehículos al servicio de las autoridades judiciales, de emergencia o Protección Civil, las ambulancias, ni los de la propia explotación e inspección de carreteras, ni los de la explotación y conservación de equipamiento para la gestión, control y vigilancia del tráfico, cuando estén cumpliendo sus respectivas funciones específicas».

Desde los servicios de emergencia entienden que la ley les excluye de pagar peaje tanto en el caso de acudir a la autopista para atender alguna emergencia como en el caso de utilizarla para desplazarse para acudir a un accidente o a alguna urgencia fuerza de ella, ya que estarían desempeñando sus funciones. En el caso de la AP-53 algunos creen que la autopista no está cumpliendo la ley.

Un ejemplo es el paso del 061 por la AP-53 desde Silleda o Lalín al hospital de referencia que es el Clínico de Santiago. La normativa obliga al 061 a utilizar la autopista en los traslados de urgencias. Es lo más lógico, teniendo en cuenta que es la vía más rápida y que en cuestiones sanitarias en muchos casos ahorrar tiempo puede ser vital. Y que además de poder ser un negocio para la concesionaria es también una infraestructura pagada en gran parte por todos y un servicio público como lo entiende la ley de carreteras. En la zona, de las fuerzas de seguridad y de emergencia, el 061 es probablemente el que realiza un mayor uso de esta infraestructura viaria, seguida posiblemente por los agentes de la Guardia Civil de Tráfico que además de la atención a posibles accidentes en la AP-53, suma su uso para acudir a otros fuera de ella o tareas de vigilancia del tráfico o la colocación de radares, entre otras actuaciones.

Mucho menor es el uso que le pueden dar los bomberos o Protección Civil, Emerxencias de Lalín o las diferentes agrupaciones de la zona. Cuando se publicó la ley representantes del consorcio de Bomberos de Deza-Tabeirós se pusieron en contacto con Acega. Hubo más de una reunión y se quedó en realizar a posteriori una reclamación escrita para pedir la devolución del pago. Para las ambulancias la exención total del peaje supondría un ahorro importante. Consideran que la única vía que tienen para exigir la exención sería la judicial con todo lo que ello supondría. Lo que hacen hoy por hoy es pagar.