Piden para un estradense ocho años de cárcel por agredir a otro con un machete

La Voz A ESTRADA / LA VOZ

A ESTRADA

21 sep 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El próximo martes, día 24, se juzga en la sección segunda de la Audiencia Provincial de Pontevedra a un vecino de A Estrada acusado de agredir con un machete a un hombre con el que se había citado en el aparcamiento exterior de un bar de la parroquia de Arnois en A Estrada para aclarar un conflicto derivado de una relación de trabajo que habían tenido meses antes. La vista, en la que se juzga al acusado por un presunto delito de intento de homicidio, ha sido fijada para las 10.15 horas.

Los hechos ocurrieron en torno a las 20.15 horas del 8 de diciembre del 2015. En las conclusiones provisionales del caso se apunta que el momento que el hombre se acercó a la furgoneta del otro para hablar con el, este salió del coche «cunha machada portuguesa (das que carecen de contrafío, cun mango de 68 centímetros e un fío de 10 centímetros) e sen mediar palabra propinoulle un machadazo» que le impactó en el antebrazo cuando rataba de protegerse la cabeza la cara del golpe interponiendo el brazo. El herido sufrió una herida incisa de seis centímetros «na cara volar e medial do seu antebrazo esquerdo», según se recoge en las conclusiones provisionales del fiscal.

Piden para el acusado una pena de prisión de ocho años y la prohibición de que se acerque al herido «na distancia que estime prudencial o xuíz, en ningún caso inferior a douscentos metros, a calquera lugar onde se atope» incluyendo su domicilio, su trabajo «e a calquera outro que sexa frecuentado por el polo tempo de trece años, así como a prohibición de comunicarse con él por cualquier medio durante ese mismo período de tiempo.

Así mismo y, en materia de responsabilidad civil, se pide para el acusado que indemnice al herido en 36.385 euros. Una parte de esta indemnización corresponderían al pago al herido por los días que tardó en curar sus lesiones, otra parte sería por la secuelas fisiológicas, otra por la secuelas estéticas derivadas de la lesión sufrida, a las que se sumarían otra cantidad por la intervención quirúrgica a la que tuvo que ser sometido y una última cantidad por lucro cesante derivado de su incapacidad total para ejercer su profesión habitual. Unas cantidades que, en cada caso, tienen en cuenta también la naturaleza del delito cometido y las circunstancias concretas de los hechos.