El TSXG da la razón al Concello en la adjudicación del súper de Abastos

Rocío Perez Ramos
Rocío Ramos LALÍN / LA VOZ

DEZA

MIGUEL SOUTO

Desestimó el recurso de Emdeza contra la licitación aprobada por el gobierno anterior

14 jun 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) desestimó el recurso de apelación interpuesto por Elaborados Cárnicos Emdeza S. L. contra la sentencia de 12 de noviembre del 2019 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra contra los acuerdos del 1 y 15 de octubre del 2018 de la junta de gobierno del Concello de Lalín. Los acuerdos, del anterior gobierno lalinense, correspondían a la licitación del puesto del supermercado de la Praza de Abastos y obras de mejora en la parte nueva. La sentencia no es firme y contra ella los interesados solo pueden interponer un recurso de casación.

El fallo del TSXG vuelve a dar la razón al gobierno anterior, que defendió siempre que el proceso de adjudicación del puesto había sido totalmente correcto. En el fallo, el TSXG entiende que la parte demandante repite los argumentos que ya esgrimió en su día en la demanda en el juzgado pontevedrés y que no hubo «vulneración de los principios de igualdad, objetividad y transparencia». Se apunta que «se desarrolla en la apelación, casi literalmente, lo ya dicho en la demanda». En la sentencia se explica que «el recurso de apelación solamente puede tener contenido y finalidad cuando se impugna la sentencia objeto de apelación, puesto que no constituye una segunda instancia para repetir los mismos argumentos que ya se resolvieron en primera instancia» . Se apunta que «para que las alegaciones tengan un efecto jurídico deben ir acompañadas de un razonamiento racional y de la prueba correspondiente; no pudiendo pretenderse que sean analizadas todas las actuaciones por el simple hecho de no estar de acuerdo con la sentencia».

La magistrada, en este caso, entiende que la oferta presentada por el que resultó adjudicatario del supermercado «quedó muy clara con la documentación aportada», indicando que optaba a la zona nueva de la Praza de Abastos para implantar un Eroski «cuyas características se describen en los planos y el presupuesto pormenorizado». El recurrente, se apunta en el fallo, «se empecina en indicar cuál sería la documentación que debía contener el sobre 2, cuando el pliego decía otra cosa muy diferente».

Un proceso largo que derivó en la reapertura en marzo del 2019

El supermercado de la Praza de Abastos reabrió sus puertas el 28 de marzo del año pasado. El espacio había estado cerrado desde hacía un año. Tras quedar vacío el puesto, hubo que esperar a que el Concello realizara la oferta global de los puestos vacíos.

Una vez los servicios técnicos resolvieron el proceso y el espacio del supermercado fue adjudicado a Eroski, se produjo un recurso por parte de Emdeza, que era otro de los aspirantes. Los técnicos municipales resolvieron ratificando su decisión inicial, lo que hizo que la empresa acudiera al juzgado.

A principios de febrero del año pasado, el Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra desestimó la suspensión cautelar del acuerdo de adjudicación del supermercado de la Praza de Abastos de Lalín y apuntaba, en un auto enviado al Concello lalinense, que permitía que se llevasen a cabo los trabajos para poner en marcha este establecimiento comercial.

En él, el juez «considera que non hai lugar á suspensión cautelar solicitada, xa que o recorrente non foi capaz de demostrar que se xere un perxuizo de difícil ou imposible reparación, ou que poida por en serio perigo a propia supervivencia da empresa». Al amparo de ese auto, el concesionario y promotor del supermercado pudo ya iniciar los trabajos de reforma del local.