El margen bruto exigido para el cese agrario es de 50.000 pesetas en hectárea

P.V. LALÍN

DEZA

MARCOS MÍGUEZ

La estimación del rendimiento de la superficie para el abandono es la parte más confusa de la orden

25 abr 2001 . Actualizado a las 07:00 h.

Los agricultores disponen hasta el 31 de mayo para presentar sus solicitudes de cese anticipado y definitivo en la actividad agraria. La normativa recoge un apartado que hace referencia tanto al mínimo de hectáreas que debe tener el ganadero que quiere abandonar (doce), como el del cesionario que pretenda recibirlas (quince). Es el punto más confuso de la orden al no ser una hectárea normal sino una hectárea tipo que se estima sobre los rendimientos de la tierra y debe ofrecer un margen bruto de 49.915,8 pesetas o su equivalente en unidades de ganado mayor. La mejor alternativa para que los agricultores estimen el margen bruto de sus superficies para conocer si reúnen el mínimo de diez o quince hectáreas tipo parece acudir a los técnicos de Extensión Agraria, que manejan tablas oficiales de conversión europeas de cada producto y el posible ajuste a la realidad agraria gallega que no siempre coincide por el distinto grado de desarrollo de las explotaciones. Existen tablas que ofrecen referencias de margen bruto de productos por hectárea para el cálculo de la hectárea tipo. Para hectáreas de cereales no forrajeros es de 37.603 pesetas, para maíz de grano 125.289 pesetas; para praderas artificiales, 94.674; por cabeza de oveja, 8.985; por cabeza de vacuno de carne con derechos, 92.411 y sin derechos, 65.175 pesetas; para el litro de leche en relación con la cuota de explotaciones de menos de 50.000 litros, 29 pesetas; con producciones hasta cien mil, 30 pesetas; y con más de cien mil, 32 pesetas.