Pablo Gómez Cundíns
La norma no es tibia, pero todo dependerá de la interpretación de la gravedad de los hechos, por parte del organismo que decida las sanciones que se le impondrán al Betis y al aficionado que lanzó el palo desde la grada en el transcurso del partido de dieciseisavos de final de la Copa del Rey contra el Sevilla que fue suspendido por esta causa en el minuto 39 el sábado.
proceso sancionador
Doble vía: el club por un lado, y el agresor, por el otro
Hay que diferenciar los dos procedimientos disciplinarios que se aplicarán. Por un lado, la vía deportiva, a cargo del juez único de Competición de la Federación Española de Fútbol (después cabe recurso al Comité de Apelación y al TAD), contra el club responsable (en este caso, el Betis). Y, por otra parte, la Administración General del Estado, en aplicación de la ley antiviolencia, contra la persona que arrojó el objeto al campo.