El código antidopaje recoge límites para consumir cocaína

DEPORTES

SALVATORE DI NOLFI

En la normativa estrenada el 1 de enero, la AMA considera las drogas recreativas de abuso, y no dopantes, si no exceden unos límites

12 ene 2021 . Actualizado a las 19:07 h.

La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) ha introducido algunos cambios controvertidos en el nuevo código que entró en vigor el 1 de enero del 2021. Entre las novedades, ha actualizado la lista de elementos que no pueden aparecer en un control, destacando especialmente una nueva especificación sobre las denominadas sustancias de «abuso social», que dejarán de estar consideradas sustancias dopantes siempre y cuando el positivo se detecte fuera de competición.

Pero, ¿cuáles son esas sustancias? Se refiere a las llamadas drogas recreativas o sociales, tales como el cannabis, la cocaína, la heroína o el éxtasis.

En los casos en los que se detecte alguna de estas drogas en la sangre de un deportista, la AMA establecerá una diferenciación y, con ella, el castigo será diferente. Según el artículo 10.2.2 del Código Mundial Antidopaje, las drogas recreativas siguen considerándose prohibidas, pero su castigo será menor. «Si el deportista puede demostrar que cualquier ingesta o uso ocurrió fuera de la competición y no guardaba relación con el rendimiento deportivo, el período de inhabilitación será de tres meses. Asimismo, el período de inhabilitación podrá reducirse a un mes si el deportista demuestra que ha seguido de manera satisfactoria un programa contra el uso indebido de sustancias aprobado por la organización antidopaje encargada de la gestión de resultados», sostiene la AMA según un comunicado.

Para determinar si el consumo se debió a un fin social o a su uso como sustancia dopante, la AMA establece unos límites: una concentración de 10 nanogramos por mililitro de orina, en el caso de la cocaína, o de 180 nanogramos en el de los cannabinoides. Las especificidades sobre la heroína y el éxtasis las harán oficiales «en los próximos meses», tal y como aclaró el organismo.

Además, el director general de la AMA, Oliver Niggli, sostuvo en un comunicado que la finalidad de esta modificación es «proteger el derecho fundamental de los deportistas de todo el mundo». Y afirma estar convencido de que al «reforzar nuestros esfuerzos como comunidad antidopaje unida, este nuevo programa nos ayudará a impulsar un mayor progreso para los atletas y el deporte en todo el mundo».

El nuevo debate que tendrá la AMA a partir de ahora para saber si un positivo es sancionable o no, será tener en cuenta cuándo se ha tomado la sustancia y deducir así si tenía intencionalidad de mejorar el rendimiento deportivo o una finalidad social.

Por otro lado, cabe aclarar que el período de competición al que hace alusión la AMA como momento prohibido para el consumo de sustancias, comenzaría a las 23.59 del día anterior a la celebración de la prueba o campeonato en la que participa el deportista, y terminaría al finalizar el control antidopaje del día de competición. Quedarían excluidos, por tanto, todo el tiempo de entrenamiento o preparación.

Las presiones para rebajar el control en el consumo de determinadas drogas, principalmente la marihuana, llevan tiempo sobre la mesa. El caso más reciente fue durante la burbuja de la NBA en Orlando, donde se recuperaron los test para detectar drogas para mejorar el rendimiento, pero no de marihuana. Con el arranque de la liga, y de acuerdo con al asociación de jugadores, solo harían pruebas para detectar «drogas de abuso».