Confirman la condena de cuatro años de cárcel para el agente del fichaje de Casillas por el Oporto

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CRAIG GALLOWAY / Pro Sports Imag / A

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha desestimado el recurso presentado por la defensa de Santos Márquez González por el delito de estafa

25 abr 2020 . Actualizado a las 13:18 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha desestimado el recurso presentado por la defensa de Santos Márquez González en la que solicitaba la anulación de la sentencia que condenaba a este intermediario de futbolistas a 4 años y un día de cárcel por el delito de estafa agravada en el fichaje del exportero del Real Madrid Iker Casillas por el Oporto.

Los magistrados del TSJB rechazan todos los argumentos de los abogados de Santos Márquez para anular la resolución dictada por la Audiencia de Palma en el 2014. Según esa sentencia el agente engañó a su exsocio Jorge Ignacio S., al que hizo creer que el futbolista quería fichar por algún equipo de Estados Unidos.

También le hizo pensar que la comisión por ese fichaje iría destinada a las cuentas de la empresa Mallorca Viva SL, en la que ambos habían sido socios y con la que seguía colaborando. La empresa, por ello, aportó 9.100 euros a Márquez para su total disponibilidad en la negociación del fichaje de Casillas, cuya comisión, una vez cerrada, el representante “había resuelto no destinar” a la empresa.

De hecho, en junio del 2015, inició contactos como «agente libre» con el mánager del deportista para negociar su traspaso al Oporto. La sentencia de la Audiencia de Palma también imponía a Santos Márquez una indemnización en concepto de responsabilidad civil al denunciante de 115.666 euros y asumir las dos terceras partes de las costas del procedimiento.

Los letrados del intermediario alegaron ante el TSJB que no existió engaño en la operación de Casillas porque «toda España se enteró del fichaje y Santos Márquez apareció en la prensa nacional». La respuesta de los magistrados fue: «Ello no es notorio para la Sala ni se le da a conocer que se publicó en la prensa». La sentencia de los magistrados de Baleares es recurrible ante el Tribunal Supremo