El órdago legal del Barça para que Neymar juegue el clásico

Colpisa

DEPORTES

ALBERT GEA | Reuters

El club azulgrana entiende que el brasileño podría jugar en el Bernabéu pese a la advertencia del TAD en sentido contrario

22 abr 2017 . Actualizado a las 17:51 h.

Los prolegómenos del clásico, y ya veremos si también los días después del choque, vienen marcados por el culebrón Neymar, ya que mientras el Tribunal Administrativo del Deporte asegura que el brasileño está ssupendido y no puede jugar en el Santiago Bernabéu, el Barça sigue en sus trece de que podría alinearle. Hasta Luis Enrique, técnico culé, alimentó la incertidumbre al afirmar que está preparado para jugar con o sin Neymar y que hasta antes del partido no se sabrá su decisión.

El argumento de los culés se basa en que el escrito recibido en las últimas horas no es ninguna sentencia en firme, sólo un pronunciamiento del presidente del TAD, Enrique Arnaldo, en el que viene a decir que no se han podido reunir con carácter de urgencia al no poder localizar a dos de sus miembros. Sostienen los juristas del Barça que, en virtud del artículo 90 de la Ley de Administración 90/2015, mientras no haya un fallo en firme a una sanción ésta queda suspendida y por lo tanto, Neymar puede jugar. Los culés insisten en que disponían de 15 días de plazo para recurrir, que lo hicieron el viernes por la tarde dentro de período habiitado, y conminan al TAD a reunirse de nuevo.

El TAD, sin embargo, ha advertido al Barça del riesgo que corre si alinea a Neymar en una nota de dos folios en la que reprocha que el club azulgrana presentó su recurso «cuando era público y notorio que el tribunal había concluido su reunión semanal». En el mismo escrito asegura que, en atención a «salvaguardar los intereses de todos los clubes participantes en competiciones profesionales», quiso convocar una reunión extraordinaria para este sábado por la mañana, aunque le fue imposible reunir al mínimo de miembros necesario para pronunciarse.

El TAD señala que se pronunciará cuando reciba el informe del Comité de Apelación y tras escuchar al Barça, y recuerda que el club azulgrana no pidió ninguna medida cautelar aunque sí que el jugador pueda ser alineado en el Bernabéu. Y avisa al Barça apelando al artículo 81 de la Ley del Deporte de 990, reproducido también en el artículo 8 del Código Disciplinario de la FEF y que dice: «Las sanciones impuestas a través del correspondiente expediente disciplinario serán inmediatamente ejecutivas sin que las reclamaciones y recursos que procedan contra las mismas paralicen o suspendan su ejecución».

El texto del TAD, por lo tanto, encierra un claro riesgo para el Barça de incurrir en alineación indebida en caso de poner a Neymar a jugar en el clásico. Si los culés llegasen hasta el final y el brasileño jugase en el Bernabéu, el caso podría acabar incluso en los tribunales ordinarios y su resolución se prolongaría mucho más allá del final de temporada.