La Audiencia de Madrid rechaza el recurso del CONI sobre la petición de pruebas del caso Valverde

Efe

DEPORTES

05 feb 2010 . Actualizado a las 02:38 h.

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso del Comité Olímpico Italiano (CONI) contra la decisión del juzgado que instruye la operación Puerto y que hace un año declaró nulo todo el proceso de petición de pruebas hecho por este organismo ante la posible implicación del ciclista Alejandro Valverde en el caso. El CONI comparó la sangre del murciano recogida en una etapa del Tour a su paso por Italia y la contrató con el plasma de la bolsa 18 de Eufemiano Fuentes.

En un auto del 18 de enero pasado, la Sección número 5 de la Audiencia Provincial defiende la nulidad del proceso al entender, como hizo el juzgado, que el CONI no es un organismo vinculado a la Administración de Justicia italiana y que las evidencias obtenidas se han se han empleado para «la indagación de un hecho ajeno a la investigación de un delito contra la salud pública».

En el texto se especifica que la cesión de pruebas «ha dado lugar a que se emplearan las evidencias obtenidas con una autorización relativa a la investigación de un delito contra la salud pública para la indagación de otro pretendido hecho ajeno a la investigación». El auto también recuerda que el principio non bis in idem «proscribe que una persona pueda verse sometida a un doble procedimiento sancionador por los mismos hechos y fundamento».

La Audiencia reafirma que «la entrega de muestras no puede entenderse comprendida en la regular cooperación judicial, habida cuenta de que el CONI es un órgano dependiente del Ministerio de Cultura italiano» y las decisiones de sus órganos disciplinarios «no son recurribles ante los tribunales de justicia, sino solo ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS)».