El Juzgado de lo Mercantil de A Coruña reconoce el derecho de la Xunta sobre los murales de Lugrís en la calle Olmos
A CORUÑA CIUDAD
La Consellería de Cultura tiene así vía libre para hacerse con el conjunto por 36.000 euros
15 jul 2024 . Actualizado a las 22:19 h.El Juzgado de lo Mercantil Número 3 de A Coruña reconoció el derecho de juicio de la Xunta respecto a la compra del conjunto de 12 murales de Urbano Lugrís ubicados en el interior de dos edificios de la calle Olmos, por lo que se debe proceder a la entrada de los 36.000 euros ofrecidos -para igualar la oferta de un particular- en la cuenta de depósitos y consignas del juzgado.
El magistrado, por tanto, admitió el derecho de adquisición preferente de la Consellería de Cultura, reconocido en el artículo 49 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, para aquellos bienes de interés cultural, porque considera que, en este caso, se dan «todos los requisitos y presupuestos necesarios» para el ejercicio de ese derecho. Hay que recordar que el pasado 1 de marzo, la Xunta inició el expediente para la declaración de bien de interés cultural (BIC) de los murales.
Además, el juez autorizó la donación en pago de los inmuebles situados en los números 25 y 27 de la calle Olmos da Coruña, no de los murales, que serán propiedad de la Xunta, a favor de Redondela Invest SL, designada por el acreedor con especial privilegio Canet Invest, dentro del concurso de acreedores de Alameda de Ordenes SL.
En el auto, contra el que se puede interponer recurso de reposición, se especifica que la realización del bien deberá realizarse por un valor no inferior al de mercado. Si queda remanente, corresponderá a la masa activa y, si no se logra la satisfacción total del crédito, se reconocerá en la licitación la parte insatisfecha.