Condenado en A Coruña un hombre a dos años y diez meses de cárcel por maltratar a su familia

La Voz A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA CIUDAD

Edificio de la Audiencia Provincial de A Coruña.
Edificio de la Audiencia Provincial de A Coruña. CESAR QUIAN

La Audiencia Provincial de A Coruña también ha impuesto un año y nueve meses de prisión a otro hombre por incumplir de forma continuada la orden de alejamiento hacia su expareja

08 jul 2024 . Actualizado a las 18:03 h.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado dos años y diez meses de prisión a un hombre vecino de Barbanza acusado de maltratar a su mujer y a sus tres hijos. «Ha quedado demostrada la existencia de un maltrato habitual hacia su esposa, que afectó también a todos los demás miembros de la familia, especialmente a la hija, pero también a los dos hijos», subraya el tribunal en la sentencia, en la que condena al acusado como el autor de dos delitos de malos tratos, uno de ellos habitual, contra la mujer. Además, le ha impuesto la privación del derecho a poseer y portar armas durante seis años y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros y de comunicarse con la víctima y sus tres hijos durante siete años. 

Los magistrados consideran probado en la sentencia que, durante la convivencia, en el interior de los diferentes domicilios, y muchas veces en presencia de los menores, el acusado «insultaba repetidamente a su mujer, llamándola puta, hija de puta, vagabunda, exigiendo que ella limpie la casa, extendiendo la mano para agarrarla y empujarla».

En la resolución relatan que, en el 2017, durante una discusión en el domicilio familiar por una infidelidad del condenado, se produjo un forcejeo entre ambos, en el que el imputado propinó un puñetazo a la víctima en la cabeza. Los jueces aseguran que «la conducta desenfrenada y, en ocasiones, violenta del condenado afectó también a los demás miembros de la familia, especialmente a su hija, a quien, en fechas que no consta, golpeó con las manos, con un cinturón o con zapatos, diciéndole frecuentemente que era puta y vagabunda, exigiéndole que la ayudara en las tareas del hogar». A los otros dos menores, según la Sala, «les gritó, les llamó pendejos, y en ocasiones incluso les pegó, en fechas que no constan».

La Sala explica que no ha impuesto la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad sobre sus dos hijos menores porque, dadas sus edades, «carecería de virtualidad práctica en gran medida». La sentencia no es firme, pudiendo interponerse recurso de apelación contra ella.

Condenado por incumplir de forma continuada una orden de alejamiento de su expareja 

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a un año y nueve meses de prisión a un hombre por incumplir de forma continuada una orden de alejamiento de su expareja, seguía viviendo con ella en un albergue, y por agredirla. Además, le ha impuesto la prohibición de acercarse y comunicarse con la víctima durante tres años, así como el pago de una indemnización de 10.000 euros. Los magistrados afirman en la sentencia que existe prueba «inequívoca, plural y suficiente» de la imputación de las agresiones objeto de acusación. Tanto un testigo que vivía en el edificio y que llamó a la policía como los agentes que acudieron al lugar afirmaron que el portal tenía cristales rotos y la víctima presentaba signos visibles de haber sido agredida físicamente, ya que presentaba heridas en brazos, piernas, cuello, espalda y cabeza, según lo indicado en los partes médicos.

Condenados dos acusados por traficar con cocaína y cannabis

La Audiencia Provincial de A Coruña también ha condenado a dos hombres por un delito contra la salud pública, en la modalidad de tráfico de sustancias que causan grave daño a la salud. A uno de ellos, le ha impuesto cuatro años de cárcel y una multa de 400.000 euros; y, al otro, un año y seis meses de prisión. El tribunal considera probado que los acusados trasladaban «diferentes e indeterminadas cantidades de cocaína y resina de cannabis desde A Coruña, donde almacenaban la mercancía, hasta Lugo, “con el fin de que luego se vendiesen a personas adictas a su consumo».

La Audiencia ha tenido en cuenta, entre otras pruebas, las declaraciones de los procesados y los testimonios de los guardias civiles que realizaron los registros en las viviendas donde se hacían los intercambios de droga. Además, los magistrados han ordenado el decomiso del efectivo encontrado en los inmuebles, que asciende a más de 60.000 euros, así como de las sustancias estupefacientes y los dispositivos electrónicos intervenidos. La sentencia no es firme, pues contra ella cabe presentar recurso ante el TSXG.