Condenado a tres años de cárcel por saltarse el toque de queda del covid para vender droga en Cambre
A CORUÑA CIUDAD

Fue sorprendido andando de madrugada en una zona de menudeo cercana a Alvedro y en el forro de la cazadora le encontraron heroína, cocaína y metadona
22 jun 2023 . Actualizado a las 13:50 h.La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a tres años y un mes de cárcel y al pago de una multa de 500 euros a un hombre que fue interceptado con droga destinada a distribuir a terceras personas el 18 de febrero del 2021, cuando estaba vigente el toque de queda nocturno por la pandemia del covid.
El procesado, de 58 años y nacido en A Coruña, caminaba a las dos de la madrugada a la altura del kilómetro 7 de la N-550, en el término municipal de Cambre, en las inmediaciones de la rotonda que lleva al aeropuerto de Alvedro. A los agentes de la Guardia Civil que realizaban labores de vigilancia por las restricciones derivadas de la crisis sanitarias les llamó la atención su presencia en la vía pública, ya que entonces estaba prohibido permanecer en la calle entre las once de la noche y las seis de la mañana. Además, merodeaba entre varios coches en una zona de menudeo, por lo que le dieron el alto. Al cachearle, le encontraron en una mochila mecheros tipo soplete, pipas, dos navajas y un cúter, así como una cartera con 579,92 euros que el individuo, sin trabajo estable en aquel momento y que no recibía prestación económica alguna, les aseguró que era el dinero para pagar el alquiler que le había prestado su hermana. Los funcionarios también registraron el vehículo en el que se movía y, dentro del forro de su cazadora, que estaba en el asiento del copiloto, encontraron14 bolsitas con 2,28 gramos de cocaína, dos con 1,53 gramos de heroína y dos blíster con tres pastillas de metadona, con un peso de 0,19 gramos.
En la sentencia, los jueces indican que el valor de la sustancia intervenida, destinada a su venta al por menor, fue fijado en 417,45 euros.«Los pesajes exceden del consumo medio diario, aun considerando un acopio para varios días, sin que el informe aportado por la defensa aclare una efectiva condición de drogodependiente, de qué sustancias depende, pautas o dosis de consumo», subraya el tribunal en el fallo, en el que también señala que al acusado «le falta un trabajo estable, unos medios de vida conocidos que justifiquen su aparente modo de vida».
La resolución judicial no es firme, pues contra ella que cabe presentar recurso de apelación ante la sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.