La empleada lo demandó para poder conciliar en los días no lectivos
26 dic 2022 . Actualizado a las 16:06 h.El pasado viernes 23 de diciembre, una trabajadora de la empresa de telemárketing Atento, de A Coruña, consiguió una sentencia favorable para teletrabajar. La mujer había solicitado a la compañía trabajar desde su casa los períodos no lectivos para poder conciliar su vida laboral y familiar, pero la empresa denegó su solicitud a finales del mes de julio. Tras consultar a los servicios jurídicos de UGT, según destacan desde el sindicato, se presentó la correspondiente demanda para iniciar la reclamación por la vía judicial.
«Sin adentrarnos en las causas personales de la trabajadora, hay que destacar que se encontraba en situación de reducción de jornada por guarda legal ( conseguida también por sentencia judicial con UGT) por cuidado de su primer hijo», precisan desde el sindicato.
Finalmente, el Juzgado de lo Social Número 1 de A Coruña reconoce en una sentencia firma «el derecho de la trabajadora demandante a prestar servicios en la modalidad de teletrabajo durante los períodos no lectivos de cada curso escolar».
Desde el sindicato apuntan que este es «un paso más en tema de conciliación de la vida personal y familiar de los trabajadores».