Absueltos de prevaricación tres exempleados del INSS en A Coruña por denegar una incapacidad

La Voz A CORUÑA

A CORUÑA CIUDAD

MARCOS MIGUEZ

La jueza entiende que los hechos no pueden ser calificados como delictivos

07 jun 2021 . Actualizado a las 18:01 h.

El Juzgado de lo penal 3 de A Coruña absolvió a tres miembros del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de un delito de prevaricación administrativa por haber revocado la incapacidad absoluta permanente a un trabajador que sufrió una intoxicación por mercurio. «No se ha acreditado que actuasen a sabiendas, con la intención deliberada y plena conciencia de estar ocasionando un resultado materialmente injusto», remarca la sentencia, remitida por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sobre los tres integrantes en el 2014 del equipo evaluador de discapacidades en el INSS.

Los tres acusados son el entonces evaluador jefe de la unidad médica, la persona que ejercía de presidente de equipo y el entonces director de la dirección provincial del INSS de A Coruña. La sentencia relata que el denunciante, según consta en la sentencia, prestaba sus servicios en una empresa con la categoría de operario de fabricación de rótulos desde el 2003 y en el trabajo de montaje de tubos fluorescentes estuvo expuesto a mercurio. Cursó baja médica por incapacidad laboral temporal con posteriores recaídas, las cuales derivaron en un expediente de incapacidad permanente en grado total el 10 de marzo del 2011 y, posteriormente, en una incapacidad permanente absoluta desde junio del 2012 con diagnóstico de «intoxicación por mercurio a estudio».

Inicialmente, al trabajador le denegaron la declaración de las contingencias de enfermedad como profesionales. Sin embargo, la sentencia constata que «no se ha practicado prueba alguna que permita tener por probado que se haya dictado por los acusados una resolución arbitraria», indica la jueza. Añade que los tres investigados explicaron «las razones que motivaron la adopción de las resoluciones impugnadas y el procedimiento que se siguió en su elaboración». Esos aspectos, según el citado Juzgado, «pueden ser criticados o incluso considerados erróneos o irregulares por el denunciante, pero en ningún caso pueden ser calificados de delictivos». Asimismo, destaca que la revocación de las resoluciones administrativas en la vía jurisdiccional «no implica que estas sean delictivas» y recalca que, en este caso, «no existe prueba alguna de que los acusados pretendiesen causarle al denunciante perjuicio alguno».

La vista oral del juicio se celebró después de cinco años de fase de instrucción a raíz de la denuncia presentada por el coruñés Pablo Sánchez en agosto del 2014 contra el equipo de valoración de incapacidades del INSS y la doctora (ya fallecida) que elaboró el informe que sirvió de base para la revocación de su incapacidad. Según el sindicato CIG, el documento lo declaraba «apto para trabajar», a pesar de las «gravísimas patologías que padece y de la fuerte medicación que tiene que tomar por la intoxicación derivada de su trabajo en contacto con vapor de mercurio».