El TSXG también tumba el plan de la Marea para la antigua sede de Fenosa

La Voz A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA CIUDAD

MARCOS MÍGUEZ

El recurso al Constitucional sería el último paso para evitar el derribo del edificio

22 jul 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

En el 2016 el Supremo falló contra el último recurso municipal para evitar el derribo del edificio que ocupa la antigua sede de Fenosa en Fernando Macías. Era la enésima decisión judicial en un proceso cuya primera sentencia data del año 2001.

Desde el 2016 el Ayuntamiento buscó vías legales para evitar el derribo del inmueble. Lo hizo promoviendo un incidente de nulidad de las actuaciones que esta misma semana obtuvo una respuesta negativa por parte del TSXG. Si en el 2017 el Supremo, mediante una providencia, ya había dicho que no había más remedio que el derribo, ahora el TSXG viene a negar el incidente de nulidad para dejar el caso en el mismo camino que había marcado el Supremo, es decir, la demolición.

Fuentes próximas al proceso indican que ya no quedan muchas salidas legales para evitar la caída del inmueble. Solo se podría recurrir al Constitucional, pero, añaden, no resultará fácil que este admita a trámite la petición de amparo del consistorio.

El gobierno local había planteado en el 2015 una legalización mediante un derribo parcial de determinados elementos, pero esta fue rechazada por los tribunales al igual que el incidente de nulidad ahora. Ni el gobierno local ni el edil Xiao Varela contestaron ayer a las preguntas de este medio sobre el caso.

Una construcción que lleva desde su nacimiento, hace más de 20 años, en los juzgados

El 10 de noviembre de 1997 el Ayuntamiento de A Coruña dio licencia a Fadesa -que le había comprado su sede a Fenosa en la ciudad por 13,5 millones de euros- para edificar el actual inmueble de Fernando Macías.

Se acabó en 1999, pero antes de rematadas las obras un particular, el arquitecto Valentín Souto, presentó una denuncia por considerar que los trabajos no se ajustaban a la legalidad. Las obras siguieron su curso sin tener en cuenta las razones de Souto, hasta que a este le dieron la razón los tribunales en una sentencia del 2001. Era la primera orden de demolición.

El caso siguió su curso en los juzgados y en el 2006 el Supremo ratificó el derribo. En el 2013 el TSXG declaró la imposibilidad material de ejecución de la sentencia, pero esa vía la cerró el Supremo al año siguiente dando la razón al demandante. La legalización parcial fue desestimada por el Supremo en el 2016.