Una sentencia obliga al Carrefour de Alfonso Molina a cerrar su gasolinera

Elena Silveira
Elena Silveira A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA CIUDAD

CESAR QUIAN

El TSXG ratifica que la licencia municipal es ilegal e insta a demoler la construcción

27 jun 2018 . Actualizado a las 11:27 h.

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de confirmar que la gasolinera situada en el aparcamiento del Carrefour situado en la avenida de Alfonso Molina es ilegal y, por tanto, la empresa deberá cerrarla y, posteriormente, demolerla para reponer el inmueble a su estado anterior. El Tribunal tan solo estima en parte los recursos de apelación interpuestos por el Ayuntamiento de A Coruña y por Centros Comerciales Carrefour S.A. en cuanto a la imposición de las costas procesales.

El pleito fue iniciado en el año 2014 por la empresa Xestaga S.L. y dirigido por el letrado Pérez Maldonado, del despacho Lumieira. La sociedad, con propiedades en la zona, planteaba la ilegalidad de la licencia por incumplir, entre otras cuestiones, la normativa de seguridad y evacuación de personas en caso de incendio, la normativa de industria que regula la instalación de gasolineras y la legislación y planeamiento urbanístico. En enero del 2016, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de A Coruña anuló la licencia de obra y actividad concedida por la junta de gobierno el 25 de enero del 2014 para instalar una gasolinera en el aparcamiento de este hipermercado. Esta decisión fue recurrida por el Ayuntamiento y por Carrefour, y el TSXG dictó sentencia la semana pasada en la que confirma que la gasolinera es ilegal. En todo caso, los interesados todavía podrían presentar recurso de casación en el plazo de un mes ante el Tribunal Supremo.

La sentencia desgrana los motivos por los que confirma la nulidad de la licencia concedida en su día. Uno de los principales es que la construcción incumple la normativa de seguridad en caso de incendio, dado que no se respetan los recorridos de evacuación que garantizarían que las personas que se encuentren en la planta primera del aparcamiento puedan evacuar la zona de forma segura. Respecto a esta cuestión, el juez indica que la estación de servicio almacena 160.000 litros de combustible en la planta sótano y que, «sin caer en alarmismos, no resulta difícil imaginar» que un incendio podría afectar simultáneamente a las tres plantas en las que está construida la gasolinera.

El juzgado dice que se aumenta la edificabilidad y el volumen en una parcela «colmatada»

Otro de los motivos por los que el TSXG declara que la licencia de la gasolinera del Carrefour es ilegal es porque vulnera la normativa urbanística. En concreto, el juez considera que se incrementa el volumen y la edificabilidad en una parcela que ya la tenía colmatada y también que no se respetó el retranqueo obligatorio de cinco metros a la vía pública, dado que los pilares, el tótem informativo con los precios de la gasolina y otras partes de la nueva edificación invaden este retranqueo. «Como hizo el juez de instancia, nos encontramos con la construcción de una nueva construcción, que no pierde ese carácter porque se integre en uno preexistente, que determina un incremento de volumen y edificabilidad en un solar que la tenía colmatada», indica.

Otra causa por los que se anula la licencia concedida por el Ayuntamiento de A Coruña se refiere a la prohibición de almacenar combustibles en el interior de las edificaciones. Aunque la empresa defiende que el cubeto que alberga los depósitos de combustible se encuentra enterrados bajo rasante, «resulta evidente que se encuentran en el interior del edificio» y que alberga hasta 160.000 litros de combustible. Sin embargo, el TSXG concluye que no se pueden confirmar la distancia a la que se encuentran los depósitos de las estructuras del edificio, por lo que en este aspecto matiza la sentencia de primera instancia y decide no imponer las costas a ninguna de las partes. Carrefour no conocía ayer el contenido de la sentencia y no realizó valoraciones.