El Supremo tumba todo el Conde de Fenosa

alberto mahía A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA CIUDAD

EDUARDO PéREZ

Ordena demoler el edificio y advierte al Ayuntamiento de que «no procede actuación alguna» para evitarlo

06 abr 2016 . Actualizado a las 08:04 h.

Una nueva sentencia del Tribunal Supremo vuelve a insistir en que el Conde de Fenosa ha de ser demolido, que el inmueble tiene que volver a ser el mismo de 1997 y que no hay marcha atrás ni manera legal de evitarlo. Advierte al Ayuntamiento de que tiene un plazo de seis meses para presentar el proyecto de derribo, que se deberá ejecutar en menos de dos años, y que «no procede actuación administrativa alguna cuya finalidad sea eludir el cumplimiento de la indicada sentencia».

El supremo también dedica unas palabras al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, por «no cumplir la ley cuando declara que la demolición no debe tener como resultado la restitución del edificio al estado anterior a su rehabilitación», que es lo que pretende el Ayuntamiento.

El denunciante exige el derribo

Entonces, ¿queda aún alguna posibilidad de evitar la demolición total del Conde de Fenosa? El denunciante dice que no. El arquitecto que denunció la ilegalidad en 1997, cuando el inmueble estaba en obras y todavía se podían subsanar los problemas, sostiene que las dilaciones son parte de una estrategia de «rendición por inanición» del Ayuntamiento, que parece pretender «que se acabe la vida» del denunciante, que se «agoten sus recursos económicos» o que «las dificultades inexorables de la vida» le impidan seguir exigiendo que se cumpla de una vez una sentencia firme. Lleva 18 años en los tribunales pugnando por ello y ya fueron varias las sentencias del supremo que le dieron la razón.

El Ayuntamiento lo «salvará»

Y ¿qué va a hacer ahora el Ayuntamiento? Pese a que Xulio Ferreiro dijese cuando todavía era candidato a la alcaldía que con este asunto había que «deixar de facer o paripé», que había que «cumprir a sentencia mirando polos intereses dos veciños e facer que os responsables da desfeita asuman o custe do que se fixo mal», ahora, ya como regidor, dice que todavía se puede salvar el inmueble y que el Ayuntamiento lo hará. Pese a la firmeza con la que se expresa el Supremo en la sentencia, el gobierno local asegura que la misma «non afecta ao acordo municipal aprobado en outubro do 2015 pola Xunta de Goberno Local, de legalización e demolición parcial, e en base o cal o TSXG tramita, a solicitude do Concello, un incidente de inexecución por imposibilidade legal». Es decir, que espera que el alto tribunal gallego le permita el derribo solo de esas partes consideradas ilegales sin tener que demolerlo todo. El problema está en que el Supremo ya le respondió esta semana que «no procede actuación administrativa alguna» para evitar el cumplimiento del fallo. Lo está diciendo mientras los jueces gallegos deliberan si se puede derruir o no por completo el edificio.

La sentencia, de hecho, anula dos autos del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, del 2015, en cuanto desestimaron las pretensiones encaminadas a que continuase la ejecución de la referida sentencia de fecha 20 de diciembre del 2001, y ordena «que prosiga la ejecución de esta en sus propios términos mediante la demolición de las obras de rehabilitación ejecutadas al amparo de la licencia municipal anulada en la citada sentencia para que el edificio en cuestión quede en la situación en que se encontraba antes del otorgamiento de aquélla».

Recordar que el TSXG se pronunció muchas veces desde el 2001. A veces para ordenar el derribo y otras para evitarlo. Tanto es así, que el 2 de abril del 2013 declaró la imposibilidad material de ejecución de la sentencia, auto que fue revocado por el Supremo el 8 de julio del 2014 señalando que «no concurre la causa de imposibilidad material de ejecutar dicha sentencia alegada por el Ayuntamiento de A Coruña».