En el aire la sentencia que obliga a Aqualia a pagar 12,8 millones a Arteixo

Alfonso Andrade Lago
A. Andrade ARTEIXO / LA VOZ

ARTEIXO

La jueza anula su propio fallo alegando un error informático y dice que el texto que remitió era un borrador

26 ene 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

La titular del Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de A Coruña, Rosa Agrasso Barbeito, notificó a Arteixo el pasado día 10 la sentencia que obliga a la empresa privada Aqualia a indemnizar con 12,8 millones de euros al Concello por la mala gestión del servicio de abastecimiento de agua y saneamiento realizada entre los años 2005 y 2013, año este último de la municipalización. Detalló con precisión en el documento, de 85 páginas, los incumplimientos cometidos en ese tiempo por la firma, que pertenece a Fomento de Construcciones y Contratas.

Seis días después, el 16 de enero, la jueza remitió al Concello una providencia con la que intenta anular esa sentencia comunicada el día 10. Argumenta que hubo un «error informático», del que no se precisan otros detalles, y que lo que se había notificado a las partes el 10 de enero era «un borrador primigenio», no la sentencia en sí, «por lo que se procede a tramitar la nulidad» de esta.

La magistrada añade que dicha anulación entra en contradicción con otra sentencia notificada el día 12 y que exime a Aqualia de indemnizar al Concello en un apartado concreto: los 542.000 euros que costaron los rellenos del depósito de Pastoriza con cisternas. Esta segunda sentencia rebajaría por tanto el monto, dejándolo en 12,3 millones, y el Concello entiende que «vería reducida así su indemnización». Tampoco puede descartarse la revocación completa del pago.

Ante esa posibilidad, Arteixo acaba de presentar ante el mencionado juzgado una serie de alegaciones y un recurso de reposición en contra de la anulación de la sentencia, advirtiendo que la providencia de la jueza «vulnera las leyes procesales que regulan la nulidad de sentencias». Añade que están en juego «fondos públicos de elevadísima cuantía» y que se debe evitar «la vulneración de la tutela judicial efectiva». Por todo ello pide que no se admita la providencia que establece la nulidad de la sentencia del día 10. Detalla el escrito municipal que la comunicación del juzgado «vulnera flagrantemente (...) la Ley Orgánica del Poder Judicial en su regulación de la nulidad de las actuaciones», habiendo «vulneración» asimismo «del principio de invariabilidad de las resoluciones judiciales» y «del principio de tutela judicial efectiva».

La sentencia en cuestión del Juzgado Contencioso-Administrativo número 4 desglosa los 12,8 millones, de manera que Aqualia pagaría 2,6 millones por el incumplimiento del plan de inversiones durante los ocho años que prestó el servicio; 8,7 millones por la reducción del valor patrimonial de la red, es decir, la falta de mantenimiento de tuberías y depósitos de Arteixo; 2,8 millones por impago de la compra de agua que Aqualia dejó de abonar a Emalcsa durante años; 542.000 euros por los gastos de relleno en el depósito de Pastoriza en los años 2012 y 2013 -cuantía corregida y anulada en la sentencia del 12 de enero, dos días después de la primera sentencia- y 111.000 euros por los gastos que asumió el Concello al intervenir y municipalizar la gestión de agua en el 2013. Estas cifras sumarían casi 14,9 millones de euros, a los que habría que descontar los 2,1 millones que el Ayuntamiento cobró en concepto de canon cuando Aqualia obtuvo el contrato en el año 2005.