Aranga estimula la natalidad en el municipio con mil euros por cada nueva paternidad o adopción

La Voz ARANGA/LA VOZ.

ARANGA

El gobierno local aclara que esta subvención será compatible con cualquier otra establecida por las administraciones públicas.

20 ago 2010 . Actualizado a las 20:56 h.

Ahora que el Gobierno suprimirá el próximo 1 de enero los 2.500 euros que concedía por el nacimiento de cada hijo, el Concello de Aranga decide premiar el fomento de la natalidad con mil euros.

El gobierno local considera que el descenso del índice de natalidad es un hecho generalizado en los países desarrollados y en Galicia: «E particularmente o Concello de Aranga non é alleo a este problema», ya que esta situación está incluso más acentuada en este municipio. Es por ello que considera que se trata de uno de los problemas principales a los que deben hacer frente en los próximos años. Así, para tratar de reactivar la natalidad en Aranga, el ejecutivo local aprobó una ordenanza municipal con la que paliar el desembolso económico que supone la incorporación, por nacimiento o adopción, de un miembro en la unidad familiar.

En la aprobación de la ordenanza en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) figura que el Concello reserva una parte de sus presupuestos para atender estas necesidades.

Así, se concederá una ayuda de mil euros a las familias del municipio de Aranga en las que se produzca o se haya producido un nacimiento, adopción o acogimiento preadoptivo a partir del 1 de enero del 2008, con el objetivo de atender directamente los diversos gastos de atención directa al nuevo miembro familiar. Además, el gobierno local aclara que esta subvención será compatible con cualquier otra establecida por las administraciones públicas.

Requisitos

Las condiciones para optar a las ayudas es que el hijo y uno de los padres biológicos estén empadronados en el Concello de Aranga y su residencia habitual también sea en este municipio, con doce meses de antelación a la petición de la ayuda.

También es necesario que la solicitud se formule en un plazo de dos meses naturales al nacimiento o adopción del hijo, salvo que el hecho se produjese con anterioridad a la publicación de la ordenanza.

Mínimo de dos años

La ayuda se hará efectiva en una paga, aunque queda condicionada al mantenimiento de la residencia en el término municipal durante un mínimo de dos años, a partir de la fecha del nacimiento o de la adopción. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la inmediata devolución del total del importe concedido.

La ordenanza entra en vigor el día siguiente a la publicación en el BOP y las solicitudes deberán ser presentadas en el registro municipal y firmadas por el padre que conviva con el hijo. La resolución de la concesión de la ayuda se adoptará en un plazo de seis meses desde la presentación de la solicitud y la documentación completa.