Un juez critica «el grave daño» que unos divorciados de A Coruña causan a su hijo
A CORUÑA

Después de numerosas denuncias cruzadas, el TSXG culpa a los padres de perjudicar al pequeño
20 jun 2024 . Actualizado a las 11:14 h.Un hombre pidió auxilio a la Justicia en A Coruña porque entendía que su exmujer no cuidaba como debiera al hijo que tuvieron en común mientras estuvieron casados. Tras el divorcio, la custodia del pequeño la tenía la madre y acudió al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) para que se la dieran a él después de presentar una denuncia contra ella por maltratar al menor. Llegó a asegurar que la abuela materna había mordido en una oreja al crío y acusó a su expareja de «pegarle y gritarle».
Esta era la enésima demanda que este padre presentaba contra la que había sido su esposa y los jueces dijeron que «hasta aquí», que ya eran muchas las denuncias cruzadas entre los progenitores y que, con el trato que le estaban dando al pequeño, «no han logrado más que causarle daño al menor».
«Anómala» litigiosidad
Para el tribunal, «la anómala litigiosidad es evidente. Como se indicó en el acto del juicio, excede de lo normal el número de veces que se ha entrevistado al menor en sede judicial y médica, como también que tenga que acudir la policía al colegio, que existan discusiones hasta por la imposición de un horario de llamadas totalmente inoportuno (entre las 9.00 y 9.30 horas de la mañana en época vacacional). Son unas tensiones y unas peleas entre los progenitores que rebasan lo habitual en parejas en crisis, máxime cuando hace ya años del divorcio. Discusiones que son observadas por el menor, y que le perjudican seriamente», incide el TSXG.
No se queda ahí, ya que indica que «es extraña esa insistencia del padre en unos malos tratos por parte de la madre al menor, basándose en unas dudosas heridas del año 2017, cuando todos los informes descartan ese maltrato».
En esta línea, señala que «impresiona que se trata de actuaciones procesales con un fin irregular, perturbador de la mínima convivencia, y desde luego alejado de la búsqueda de la protección y beneficio del menor». Ya se recoge en la sentencia apelada cuando afirma que «el interés del menor no ha de coincidir necesariamente con su voluntad, quizá condicionada por alguno de los progenitores en perjuicio del otro, lo cual parece subyacer en el presente caso».
Conflicto de lealtades
Del impacto de ese desencuentro entre los padres, el tribunal resalta «el conflicto de lealtades que se está haciendo sufrir al niño» y alude también a las consecuencias de concederle la custodia al padre por el «perjuicio que se le causaría al tener que cambiarlo de ciudad, de colegio y de amistades, dándose la circunstancia que el menor presenta dificultades de socialización, con lo que el cambio podría perjudicarle». Máxime cuando el padre reconoce que tiene que adaptarse a unas obligaciones profesionales como abogado (con una agenda bastante repleta, según consta) con despacho en Madrid, relegando los cuidados del menor a una persona contratada al efecto o, en última instancia, a su actual esposa.
Ante todo eso , el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia considera que el menor ha de seguir bajo la custodia de la madre.