La «caída en desgracia» de la calle San Andrés obliga a devolver un impuesto municipal

Xosé Vázquez Gago
Xosé Gago A CORUÑA

A CORUÑA

MARCOS MÍGUEZ

La sentencia fuerza al Ayuntamiento a reintegrar 8.800 euros a una vecina

12 feb 2020 . Actualizado a las 05:00 h.

El Ayuntamiento tendrá que devolver 8.804 euros a una vecina de la calle San Andrés, que presentó una demanda contra la liquidación del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) del ejercicio 2017.

La titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de A Coruña estima la demanda de la vecina y anula una resolución del Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM), que el 22 de marzo del 2019 desestimó una reclamación presentada por la misma ciudadana. En aquella alegación, la vecina exigía la devolución de los «ingresos indebidos» referentes a tres liquidaciones del mencionado impuesto local.

Como consecuencia, la jueza ordena al Ayuntamiento que reintegre a la vecina la suma que pagó, 8.804,72 euros, más los intereses que correspondan hasta el momento del reintegro. No carga costas a ningún implicado. La sentencia puede ser recurrida.

No es la primera vez que el Ayuntamiento se ve obligado a devolver lo recaudado a través del impuesto de la plusvalía. Durante los últimos años, como en otros ayuntamientos españoles, se han emitido distintas sentencias que obligan a reintegrar los fondos a los contribuyentes.

El IIVTNU grava el incremento de valor de los terrenos urbanos declarado en el momento de la transmisión de los bienes.

El impuesto ha sido objeto de polémica en los últimos tiempos, en especial a raíz de las sentencias, entre otros del Tribunal Supremo, que dictaminaron que el tributo no debe cobrarse cuando su importe sobrepase el rendimiento obtenido en la transmisión.

Ese es el caso de la mencionada sentencia, que fue emitida el pasado 23 de septiembre. La vecina afectada por el tributo que consideró injusto acompañó su demanda con un informe pericial que señala que el metro cuadrado de local en Galicia entre los años 1996 y 2006, cuando adquirió y vendió la propiedad, «ha bajado ligeramente, pasando de 832 euros por metro a 795 euros».

La «desgracia» de San Andrés

Además, el análisis del perito presentado en el tribunal señala que la calle San Andrés, donde está situado el establecimiento que fue objeto del pago del IIVTNU, «ha pasado de ser un referente en A Coruña como calle comercial a caer en desgracia a partir del año 2006, con numerosos locales vacíos».

El informel añadía que «debido al cambio de hábitos del comercio en A Coruña a partir del año 2006 unido a la burbuja inmobiliaria del año 2007, se puede afirmar que el local en planta baja del número 134 de San Andrés entre los años 1996 y 2016 ha descendido de valor».

El documento señalaba además que «dado que el precio de la construcción entre el año 1996 y el año 2016 nunca ha bajado», se puede afirmar que la bajada del precio del local en ese período se debe «a la caída del valor del metro cuadrado de suelo».

El precio del terreno, la clave

El propio perito declaró en el proceso judicial y se ratificó en su informe. Añadió, según consta en la sentencia, que él mismo examinó la calle e hizo un estudio del local concreto objeto de la demanda, concluyó que en el año 1996 el inmueble estaba valorado en 500.000 euros, pero que «en este momento se están vendiendo por precios inferiores».

La sentencia señala que la demandante aportó además el informe de un arquitecto técnico sobre los precios de los locales en A Coruña. Para su elaboración, además de recurrir a páginas de información o al anuario del Colegio de Registradores de la Propiedad, contactó con tasadores de la ciudad. Su conclusión es que se produjo una bajada del valor del suelo del local.

Para la magistrada, ese análisis es un principio de prueba que, «al menos indiciariamente permite apreciar que no ha existido un incremento del valor del terreno». La administración local, por su parte, no presentó ninguna prueba de lo contrario, por lo que «procede estimar la demanda» y «reconocer el derecho de la recurrente a la devolución de la cuota ingresada».

Un tributo local que ha incrementado su aportación un 50 % desde el 2015

El Ayuntamiento ingresará 8,67 millones por el IIVTNU durante este año, según las previsiones recogidas en los presupuestos municipales. Es una cifra récord, y la recaudación no ha parado de aumentar durante los últimos años. En el 2015, el impuesto de la plusvalía debía aportar al Ayuntamiento 5,2 millones de euros, en el 2016 ya eran 6,2 millones, dos años después se estimó una recaudación de 7 millones y otros dos años después ha aumentado a 8,67 millones. Ha sido el crecimiento más rápido del último lustro entre los tributos directos municipales. Según señalan fuentes municipales, pese a las sentencias sobre la aplicación del impuesto en los últimos años no se aplicó una revisión de los mecanismos para ejecutar su recaudación.