Un juez condena al Ayuntamiento por el trámite irregular de una moción

X.?G. A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA

EDUARDO PEREZ

Tendrá que anularla y pagar hasta 700 euros en costas judiciales

13 dic 2018 . Actualizado a las 13:36 h.

El Ayuntamiento tendrá que anular la votación de una moción y pagar hasta 700 euros en costas judiciales por tramitar de forma irregular la propuesta, que fue aprobada por unanimidad en el pleno del 10 de abril del 2017.

La moción, presentada por el BNG, reprobaba las prácticas laborales de la firma Clece, que prestaba el servicio de ayuda a domicilio, y respaldaba la decisión del gobierno local de iniciar acciones con el fin de prohibirle contratar con el sector público. Tras la aprobación, Clece recurrió a los tribunales de Justicia.

La decisión judicial no está directamente vinculada con el contenido de la moción, sino con la tramitación, ya que no consta «la solicitud y aprobación de la misma como urgente», por lo que el magistrado admite el recurso de la compañía que denunció la existencia de un «vicio de nulidad» en el procedimiento.

El peso real de las mociones

La defensa del Ayuntamiento argumentó que la moción no era susceptible de impugnación por no ser un «acto resolutivo». Ese argumento coincide con la postura expresada varias veces por el alcalde acerca de que las mociones carecen de peso jurídico.

Sin embargo, el magistrado subraya en su sentencia que las mociones constituyen un «acuerdo municipal» de «naturaleza resolutiva», al contrario que los ruegos y las preguntas al gobierno, que es producto de un «órgano administrativo de naturaleza colegiada», por lo que es «plenamente fiscalizable» y no se reduce a una «manifestación de opinión» como sostenía la defensa judicial del Ayuntamiento.

Clece manifestó su satisfacción por el fallo, que «demuestra lo fácil que es desviar la atención hacia las empresas, poniéndolas en la diana», y anunció que destinará 1.400 euros, el doble de las costas judiciales, a la Asociación de Xóvenes Emprendedores de Lugo.