El vendedor cobró por sus pisos sin que el Ayuntamiento hiciese pública la resolución de compra

Xosé Vázquez Gago
Xosé Gago A CORUÑA / LA VOZ

A CORUÑA

MARCOS MÍGUEZ

Los concejales Alberto Lema y Xiao Varela firmaron que se debía publicar en el «BOP», pero nunca se hizo

11 abr 2018 . Actualizado a las 10:09 h.

El 12 y el 18 de diciembre del 2017, los concejales Xiao Varela y Alberto Lema firmaron, respectivamente, el informe propuesta y la resolución que autorizaban la compra del ático a Toni Lodeiro Zas. Ambos documentos incluyen varias cláusulas, la cuarta dice: «Notificar al interesado y publicar en el perfil del contratante, en la web municipal de vivienda y en el Boletín Oficial de la Provincia». Pero esos documentos nunca fueron publicados en el BOP, y ayer al cierre de esta edición no figuraban ni en el perfil del contratante ni en la web municipal de vivienda.

Documentación de la compra-venta del piso en la calle Joaquín Martín Martínez, 10, 4ºA
Documentación de la compra-venta del piso en la calle Joaquín Martín Martínez, 10, 4ºA

El concejal del PSOE José Manuel Dapena señala que ese incumplimiento, que toca los seis inmuebles comprados en el concurso, porque no se publicó la resolución de ninguno de ellos, afecta a la totalidad del procedimiento y pone en duda su validez. Sin embargo, el informe de la asesoría jurídica que ayer se hizo público no se refiere a esa posible irregularidad en el concurso.

No solo las propias resoluciones obligaban a que fuesen publicadas, sino que también las bases del concurso, en el punto octavo de su segundo capítulo, indicaban que «a autorización da celebración do contrato (...) notificaráselles aos vendedores á vez que se publicará no perfil do contratante da web municipal e na web municipal de Vivenda».

Compras en solo dos días

En ese mismo punto, las bases del concurso señalan que las resoluciones podrían ser recurridas por las personas interesadas en el período que marca la ley del procedimiento administrativo común, es decir en el plazo de un mes.

Por ese motivo, con la finalidad de que puedan ser recurridas, se publican las resoluciones administrativas, pero en esta ocasión no fue así. Lo mismo ocurrió con otros trámites posteriores que fructificaron en una nueva resolución con fecha del 26 de diciembre del 2017 que autorizaba la compra. Tampoco fue publicada y el gobierno local ni siquiera esperó a que finalizase el plazo de un mes para posibles recursos antes de comprar las viviendas. Solo dos días después, el 28 de diciembre, se elevaron a escritura pública los acuerdos de adquisición, que rubricó el propio concejal Alberto Lema.

Compras en solo dos días

Las posibles irregularidades en el procedimiento, que fueron desveladas por La Voz de Galicia, se empezaron a conocer a raíz de la polémica abierta por la decisión del gobierno local de la Marea Atlántica de comprar dos propiedades a un afín del partido.

A raíz de la polémica, el gobierno local se vio obligado a facilitar copia de la documentación a los partidos de la oposición, ya que hasta entonces, a pesar de la insistencia de la Marea en que su gestión está marcada por la transparencia, la práctica totalidad de los expedientes no estaba al alcance ni del resto de la corporación ni del público en general.

A partir de ese momento salieron a la luz posibles deficiencias en el concurso, que han sido corroboradas en varios casos por el informe de la asesoría jurídica.

Esas presuntas irregularidades contrastan con la postura que adoptó el gobierno local, que en un primer momento afirmó que se habían seguido de forma rigurosa las bases del concurso, continuó negando cualquier tipo de problema en el procedimiento y ha terminado con su propia asesoría jurídica instándole a anular una compra porque la propiedad no cumple las bases.

La asesoría jurídica ve errores en las bases y el proceso, pero no señala responsables

El informe de la asesoría jurídica municipal señala diversos problemas en la compra del ático del afín a la Marea y del concurso público en su conjunto, pero no quiénes fueron los responsables de esas decisiones. El informe dice que «debería haberse realizado en el seno del procedimiento de adquisición» una comprobación de que era posible regularizar su situación para que pasase de ser local comercial a vivienda. Esa comprobación debió hacerse una vez «superada la fase de admisión, pero antes de autorizarse la compraventa». También destaca que la falta de claridad de las bases del concurso -elaboradas por el área de Rehabilitación e Vivenda- difuminó quién y cuándo debía hacer esas comprobaciones.

El informe subraya que no se «ha recogido la realización de un trámite específico de verificación» y que, de haberse realizado «durante el procedimiento de adquisición», la oferta «debería haber sido declarada inviable».

Añade que no se comprobó «el cumplimiento de la superficie útil» de las viviendas, y que otras cuestiones sí fueron verificadas «sin que de ello se haya desprendido consecuencia alguna, a pesar de no corresponderse, en algún caso, con las condiciones técnicas de las bases».